La Comisión de Calidad Urbana aprueba por unanimidad el Plan de Calidad del Paisaje Urbano de la Ciudad de Madrid.

Delimita nueve Unidades de Paisaje homogéneas, establece 128 Directrices y 50 Recomendaciones, y concreta 8 Programas de Desarrollo y 14 Campos de Intervención, con el objetivo de mejorar la calidad del espacio público, tanto del centro como de la periferia, enriquecer la cultura de la ciudad haciendo compatibles historia e innovación, y reforzar su identidad promoviendo actuaciones basadas en criterios sostenibles e integradores. Es el Plan de Calidad del Paisaje Urbano de la Ciudad de Madrid, del que ha sido informada la Junta de Gobierno, y que va a conllevar la adaptación de la normativa municipal a las directrices que establece.

El Plan se enmarca en el Convenio Europeo del Paisaje, acordado por el Consejo de Europa en el año 2000 y ratificado por España en 2007, y supone el cumplimiento del compromiso asumido en las pasadas elecciones, en el que se preveía su elaboración para el conjunto de la Ciudad de Madrid, desde el convencimiento de que el paisaje urbano juega un papel esencial en la configuración de toda ciudad contemporánea, y es parte sustancial de la calidad de vida y la sostenibilidad de las grandes capitales.

El Plan de Calidad del Paisaje Urbano es el resultado final de un proceso que se inició con la elaboración del documento técnico por parte de un equipo multidisciplinar, contando con la participación activa y directa de las distintas Áreas de Gobierno municipales, lo que ha contribuido a reforzar su carácter transversal. Este documento fue objeto de análisis, debate y presentación de sugerencias en el seno de la Comisión de Calidad Urbana, órgano de participación que se constituyó en mayo de 2008, con el objetivo de establecer criterios coherentes y homogéneos para impulsar la cualificación y puesta en valor del paisaje urbano y el patrimonio edificado.

Forman parte de la Comisión, representantes de las Áreas de Medio Ambiente, Las Artes, Obras y Espacios Públicos, Seguridad, Economía a través del Área Delegada de Participación Ciudadana, Coordinación Territorial, y Urbanismo; grupos municipales del PSOE e Izquierda Unida; Colegio de Arquitectos; Escuela de Arquitectura; Real Academia de Bellas Artes de San Fernando; Federación Regional de Asociaciones de Vecinos, y profesionales de reconocido prestigio relacionados con la arquitectura y el paisajismo.

El Plan de Calidad del Paisaje Urbano es transversal, implica la colaboración entre Áreas, y se estructura en cinco títulos: Introducción; Diagnóstico; Directrices y Recomendaciones; Programa de actuación normativa y, finalmente, Programas de desarrollo. Tras poner de relieve que uno de sus objetivos prioritarios es la cualificación y puesta en valor del paisaje urbano y el patrimonio histórico, el Plan realiza un detallado diagnóstico de la situación actual, a partir de la definición de nueve Unidades de Paisaje que caracterizan a nuestra ciudad, y que se delimitan en base a criterios morfológicos, históricos, funcionales, urbanísticos o sociodemográficos, entre otros.

Concretamente, se analiza el casco antiguo, los ensanches urbanos, los ámbitos de bloque abierto, los paisajes de baja densidad, los paisajes compactos, los bordes marginales, los espacios productivos, las denominadas "ciudadelas" y los futuros desarrollos urbanísticos.

Adaptación de la normativa

El diagnóstico pormenorizado de estas Unidades homogéneas lleva a la conclusión de que es necesario mejorar la regulación existente para incrementar la calidad del paisaje urbano, mediante dos instrumentos complementarios que el Plan denomina Directrices y Recomendaciones.

Se establecen 128 Directrices, cuyo objetivo es orientar la actuación pública en cuestiones específicas, previéndose para ello la progresiva adaptación de once normas municipales, concretamente, el Plan General de Ordenación Urbana, y diez Ordenanzas, Instrucciones y Documentos de Normalización.

El cronograma del Plan contempla que en un plazo máximo de dos años se modifiquen las ordenanzas municipales sobre Mobiliario urbano; Terrazas de veladores, quioscos de hostelería y otras instalaciones especiales; Condiciones urbanísticas de la instalación y funcionamiento de equipos de telecomunicación; Uso y conservación de espacios libres; Señalización y balizamiento de las ocupaciones de las vías públicas por realización de obras; Medio Ambiente Urbano; Conservación, rehabilitación y estado ruinoso de las edificaciones; Tramitación de licencias urbanísticas, así como la Instrucción para el diseño de la vía pública y el Documento de Normalización de elementos constructivos para obras de urbanización. Por lo que se refiere a la nueva Ordenanza de Publicidad Exterior, ya se ha redactado conforme a las Directrices del Plan de Calidad del Paisaje. Finalmente, en cuanto a la adaptación del Plan General de Ordenación Urbana, se establece un plazo máximo de cuatro años.

Por otra parte, el Plan incorpora 50 Recomendaciones que, a diferencia de las Directrices, tienen un carácter más general, sin que esté previsto su traslado directo al ámbito normativo.

Tanto las Directrices como las Recomendaciones se orientan a la mejora de la calidad de las 9 Unidades de Paisaje definidas por el Plan en el conjunto de la ciudad, prestando una especial atención al centro histórico, y aplicándose a 14 campos de intervención, entre ellos, la configuración exterior de los edificios, diseño de la urbanización de calles, mobiliario urbano, elementos de publicidad y frentes comerciales, señalización, espacios verdes, iluminación, instalaciones efímeras comerciales, estructuras de movilidad, y arte público, partiendo de la consideración en este último caso de que actualmente existen casi 2.000 monumentos en el espacio público de la ciudad.

El último apartado del Plan de Calidad del Paisaje Urbano establece 8 Programas de desarrollo sobre ámbitos especialmente significativos para la cualificación del paisaje madrileño, espacios que por su singularidad requieren de proyectos específicos, fijando criterios y objetivos de carácter general. Se orientan a la extensión de la calidad y de la identidad de ámbitos especiales, mejora de ejes urbanos, recuperación de la huella histórica, impulso de nuevos recorridos por la ciudad, cualificación de los bordes, potenciación de los miradores y cornisas, puesta en valor de las puertas de la ciudad, y extensión y conexión de los espacios libres.

Carácter abierto y participativo

A través de sus 9 Unidades de Paisaje, 128 Directrices, 50 Recomendaciones, 8 Programas de Desarrollo y 14 campos de intervención, el nuevo Plan de Calidad del Paisaje Urbano se configura, en definitiva, como una herramienta de gestión innovadora que dotará de coherencia a las políticas públicas orientadas a la mejora de la escena urbana.

Se trata de un documento que mantiene su carácter abierto y participativo también después de su aprobación, por lo se remitirá a los Consejos Territoriales de los 21 Distritos para que, si así lo estiman, puedan presentar sugerencias hasta el próximo mes de junio, enviándose, por otra parte, a los colegios profesionales relacionados con esta materia, y publicándose a partir de hoy en la web municipal para conocimiento de todos los ciudadanos. Asimismo, se realizarán cursos específicos entre los funcionarios municipales de las Áreas de Gobierno implicadas, para su adecuada formación y especialización.

El cumplimiento del Plan será objeto de seguimiento por parte de la propia Comisión de Calidad Urbana, estando previsto que el próximo 16 de marzo las Áreas de Gobierno implicadas en el desarrollo de las directrices y recomendaciones presenten en esta Comisión el programa de medidas concretas que desarrollarán en 2009, siendo éstas objeto de análisis y evaluación al finalizar el año.

 
 
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