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ADECES reclama un uso estratégico de los fondos públicos en edificación hacía la calidad térmica y acústica.

Publicado: 27/04/2009

ADECES (Asociación pro Derechos Civiles, Económicos y Sociales) considera que el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación aprobado por el Ministerio de Vivienda y cuyo desarrollo implica a Comunidades Autónomas y Ayuntamientos, escatima exigencias y recursos para adaptar sus actuaciones al Código Técnico; por ello la asociación reclama un uso estratégico de los fondos públicos en edificación hacía la calidad térmica y acústica.

Según ADECES, el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación debería haber optado por hacer de la eficiencia energética y la calidad acústica (principal problema de los hogares españoles según el INE) un programa trasversal financiado que fuese necesario acometer con cada actuación de rehabilitación, especificando claramente qué ayudas se conceden para cada finalidad y dentro de ellas para cada tipo de actuación.

Por otra parte, ADECES considera que el Plan incurre en el error de confundir energías renovables y eficiencia energética, siendo conceptos distintos, ya que mientras el primero alude a la producción de energía por métodos limpios, el segundo se refiere a la reducción de la demanda energética, independientemente de cuál sea la fuente de producción.

Según ADECES, de las actuaciones que prevé el Plan susceptibles de incorporar los criterios del Código Técnico, sólo la eficiencia energética tiene algún tipo de ayuda pública y aún ésta tiene un carácter marginal.

Así por ejemplo, el programa de Áreas de Rehabilitación Integral (ARIS), dirigido a la recuperación de centros urbanos, barrios degradados, zonas rurales o superación de infravivienda, no cuenta con ninguna subvención específica destinada a mejorar la eficiencia energética ni la calidad acústica de la vivienda rehabilitada.

Algo parecido ocurre con el programa de Áreas de Renovación Urbana (ARUS) cuyo objetivo declarado son las actuaciones de demolición y sustitución de edificios a cuyos efectos el Plan prevé una subvención cuya cuantía máxima se cifra en 30.000 euros.

Hay que recordar que ambos programas contemplan mayoritariamente el uso residencial de las zonas rehabilitadas, siendo en consecuencia, una ocasión privilegiada para incorporar a las edificaciones surgidas de los mismos a la calidad de la edificación resultante.

El Real Decreto que aprueba el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación posibilita un apoyo a la eficiencia energética de las zonas ARIS y ARUS de carácter testimonial al permitir ayudas de 3.500, 2.800 ó 2.000 euros para las viviendas que obtengan calificación energética A, B ó C. Dichas ayudas están condicionadas a que se trate de viviendas protegidas de nueva construcción.

Todavía más curioso resulta que el Programa de ayudas RENOVE a la rehabilitación de viviendas y edificios existentes, una de cuyas actuaciones protegidas son específicamente las ayudas para mejorar la eficiencia energética, se salda con la obligación, para acceder a las ayudas, de que el 25% del presupuesto se destine a eficiencia, junto con higiene, salud, protección del medio y accesibilidad del edificio.

En una demostración evidente de que la eficiencia energética no supone una línea estratégica del Plan de Rehabilitación, el subsidio en el Programa Renove destinado a propietarios o arrendatarios oscila entre los 140 y los 175 euros por cada 10.000 euros de préstamo solicitados (a un interés de Euribor más 0,65). En la rehabilitación de edificios la subvención podría alcanzar los 1.100 euros por vivienda.

Es decir, por cada 100 euros subsidiados o subvencionados, en teoría 25 irían a parar a eficiencia energética junto con higiene, salud, aprovechamiento de aguas grises y accesibilidad. Pero ni tan siquiera es así, ya que una parte de esos 25 euros tendrían que destinarse a la instalación de paneles solares para la producción de al menos el 50% de agua caliente sanitaria.

ADECES quiere recordar que Francia (con una dependencia energética del 50% frente al 81% de España) acaba de lanzar un programa destinado exclusivamente a mejorar la eficiencia energética de los edificios existentes (a pesar de que sus normas son más exigentes que las españolas) obligando a actuar en al menos dos de las siguientes categorías: aislamiento de tejados, de las paredes que dan al exterior, ventanas y puertas, sustitución de calefacción o instalación de una calefacción o calentador de agua que use energías renovables.

Según ADECES, la incorporación progresiva de viviendas y edificios existentes a la eficiencia energética permitiría reducir nuestra dependencia en al menos un 25% situándonos en las proximidades de la media actual de dependencia de la UE 27.

Publicado en: Materiales Sostenibles Etiquetado como: Calificación Energética, Certificacion Energética, Certificación ISO, Eficiencia Energética, Energía Solar, Regulación

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