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Inicio » Construcción Sostenible » Aprobada la Normativa sobre la Inspección Técnica de Edificios de más de 50 años de Ibiza

Aprobada la Normativa sobre la Inspección Técnica de Edificios de más de 50 años de Ibiza

Publicado: 02/11/2017

El pleno del Ayuntamiento de Ibiza ha aprobado jueves, 26 de octubre, de manera definitiva la nueva ordenanza municipal de Informe de Evaluación de Edificios, una normativa obligatoria que regula el estado de conservación de los inmuebles más antiguos de la ciudad, las condiciones funcionales del edificio, la accesibilidad y la eficiencia energética del mismo.

Los propietarios de los inmuebles tienen un plazo de 5 años para presentar el primer informe, que luego deberá ser revisado periódicamente cada 10 años.
Los propietarios de los inmuebles tienen un plazo de 5 años para presentar el primer informe, que luego deberá ser revisado periódicamente cada 10 años.

La nueva ordenanza, con la que el Ayuntamiento se adecua a la normativa obligatoria, establece que los propietarios de edificios con antigüedad superior a 50 años deben presentar este informe de evaluación de edificios por primera vez en un plazo máximo de 5 años, así como un informe periódico posterior cada 10 años.

El objetivo de esta normativa no es sólo garantizar la seguridad de las construcciones antiguas del municipio, sino también avanzar la posible solución de problemas que con el tiempo pueden ser graves. Estos controles técnicos periódicos ayudan a conocer las patologías de los edificios y son de gran utilidad para diagnosticar y ayudar a llevar a cabo actuaciones inmediatas para evitar que su demora incremente el coste de reparación. De esta manera se conseguirá una mejor conservación general de la edificación suponiendo una mayor seguridad.

Tríptico explicativo del IEE

Los edificios con una antigüedad igual o superior a 50 años deberán llevar a cabo el primer informe en el plazo máximo de 5 años desde la fecha en que cumplan esta antigüedad o dentro de los plazos específicos que se conceda al propietario del edificio cuando sea ​​requerido expresamente por el Ayuntamiento de Ibiza. Los edificios que hayan sido sometidos a obras de rehabilitación integral se entiende que tendrán la antigüedad correspondiente al plazo de finalización de las obras de mejora.

Los inmuebles que se encuentren en el Conjunto Histórico del municipio o en su zona de entorno se someterán a la primera evaluación con carácter preferente, por tanto, en el municipio de Ibiza, los primeros que tendrán Informe de Evaluación de Edificio serán los edificios de los barrios de sa Penya y la Marina.

Desde el Ayuntamiento se ha editado un tríptico explicativo sobre el Informe de Evaluación de Edificios, que se puede pedir a los principales edificios municipales y que se repartirá por los barrios de sa Penya y la Marina.

Los propietarios de edificios no protegidos que no presenten el informe en tiempo y forma pueden ser sancionados con cantidades que van de los 600 a los 1.500 euros. En el caso de los edificios catalogados o protegidos la sanción puede llegar hasta los 2.999 euros.

Publicado en: Construcción Sostenible Etiquetado como: Conservación Preventiva, Construcción, Eficiencia Energética, Normativa, Seguridad

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