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El Ayuntamiento de Madrid aprueba la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible

Publicado: 08/10/2018

La nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible ya ha sido aprobada por el Ayuntamiento de Madrid. La normativa municipal regula por primera vez las nuevas formas de movilidad compartida y urbana, potencia el transporte público frente al privado y la seguridad vial, y aumenta la protección del peatón y, especialmente, de determinados colectivos como las personas con movilidad reducida, así como los entornos escolares u hospitalarios.

Gran avía de Madrid
El Ayuntamiento de Madrid aprobó el viernes pasado la nueva ordenanza de movilidad sostenible para la ciudad.

El objetivo del documento, que entrará en vigor el mismo día en el que aparezca publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, es garantizar una mayor seguridad vial, proteger la salud de las personas a través de la mejora de la calidad de aire, profundizar en la sostenibilidad medioambiental y energética de la movilidad urbana, y lograr una mejor convivencia entre modos de transporte.

Modificaciones y novedades

La nueva normativa recoge los cambios de movilidad previstos en el Plan A, como la creación de la Zona de Bajas Emisiones Madrid Central y los criterios de acceso a la misma, y los contenidos en el protocolo de actuación para episodios de contaminación por dióxido de nitrógeno. Asimismo, introduce la obligatoriedad de lucir en los vehículos los distintivos ambientales de la DGT en un plazo de seis meses.

Al texto definitivo, aprobado la semana pasada, se han incorporado aportaciones de los grupos municipales como la referida a los Vehículos de Movilidad Urbana (VMU), que amplía las zonas por las que podrán circular los de tipo A y B (plataformas de una o dos ruedas, patinetes con motor eléctrico y segways), incluyendo las calles a 30 kilómetros por hora o menos, que en el borrador estaban autorizadas solo para los vehículos de tipo C (bicicletas con cesta grande, con pasajeros, trixie y bicicletas para distribución urbana de mercancías).

Seguridad vial

Al objeto de promover la seguridad vial, entre otras medidas, la nueva ordenanza establece el límite de velocidad en 30 km/h en las calles de un solo carril por sentido o de carril único, un 85% del total de la ciudad.

Además, la ordenanza incorpora una serie de medidas para favorecer y fomentar la movilidad ciclista. Como norma general, las bicicletas deberán circular por la calzada (ocupando la parte central del carril y permitiéndose la circulación de dos ciclistas en paralelo cuando no suponga riesg), y vías ciclistas.

Toda la información sobre la nueva ordenanza de movilidad para la ciudad de Madrid se puede consultar en este enlace.

A su vez, cabe recordar que en esta línea Madrid va a poner en marcha el protocolo por alta contaminación, que entra en vigor el 8 de octubre, y Madrid Central, el 23 de noviembre. Ambas medidas están pensadas para mejorar la calidad del aire de la ciudad.

Publicado en: Construcción Sostenible Etiquetado como: Calidad de Agua, Calidad de Aire, Medio Ambiente, Movilidad Sostenible, Normativa, Seguridad

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