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Cerca de 9 millones de euros para la rehabilitación energética de edificios en Aragón

Publicado: 17/11/2020

El Gobierno de Aragón ha puesto en marcha el Programa de ayudas para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes con una inversión de 8.688.160 euros. Las ayudas para mejorar la eficiencia energética se dividen en tres tipologías: a través de la envolvente térmica, en el uso de energías renovables en las instalaciones térmicas (calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria) y la mejora en la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.

 Gobierno de Aragón presenta ayudas de eficiencia energética
La Dirección General de Energía del Gobierno de Aragón presentó la pasada semana el Programa para actuaciones de rehabilitación energética en edificios existentes.

Las actuaciones previstas tienen que estar destinadas a mejorar la calificación energética total del edificio en la escala de dióxido de carbono y deberán justificar una reducción del consumo de energía final un 10% con respecto a su situación de partida.

En el caso de que el edificio no cuente con un procedimiento para su calificación energética, deberá reducir su consumo de energía final un 20% como efecto equivalente a la mejora de una letra.

Reducción de la demanda energética

Respecto a las actuaciones para reducir la demanda energética en calefacción y climatización, serán subvencionables los cerramientos del edificio y las particiones interiores que separan los recintos habitables de los no habitables que, a su vez, estén en contacto con el ambiente exterior. Las actuaciones energéticas tendrán que conseguir una reducción de la demanda energética de calefacción y climatización.

En esta línea de ayudas se contemplan soluciones constructivas convencionales, como fachadas, cubiertas, carpinterías exteriores, vidrios y protecciones solares, y no convencionales, como la arquitectura bioclimática.

El importe de la ayuda será la suma de la ayuda base más la adicional, siempre sometido al máximo establecido. La ayuda base podrá ser del 35% del coste elegible de la actuación. En el caso de edificios de uso de vivienda, la cuantía tendrá un límite de 6.000 euros por vivienda.

Mejora de la eficiencia energética en instalaciones térmicas

La segunda línea de ayudas, destinada a la mejora de la eficiencia energética en instalaciones térmicas, incluye la sustitución de energía convencional por energía solar, geotérmica o por biomasa en las instalaciones térmicas, que serán subvencionadas hasta el 35%. La mejora de la eficiencia energética de los sistemas de generación no incluidos en las tipologías anteriores serán subvencionables también hasta el 35%.

Por su parte, la mejora de la eficiencia energética de los subsistemas de distribución, regulación, control y emisión de las instalaciones térmicas serán subvencionables hasta el 15%.

Reducción del consumo en edificios existentes

Para optar a las ayudas para la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación, la potencia instalada en iluminación nueva o de la instalación existente sobre la que se actúe, tendrá que ser mayor a 10 kWe en edificios de viviendas colectivas, y de 40 kWe en el resto de edificios.

También se considerarán subvencionables las actuaciones que permitan mejorar la eficiencia energética en las instalaciones de iluminación interior de las zonas comunes de edificios existentes de tipología residencial colectiva de vivienda y de los edificios de cualquier uso, excluida la vivienda.

La cuantía de la ayuda base podrá ser del 15%. En cuanto a la ayuda adicional por criterio social, eficiencia energética o actuación integrada, se podrá obtener una ayuda adicional a la base, siempre que se cumplan las condiciones.

Convocatoria abierta hasta el 31 de julio de 2021

Las ayudas tienen carácter incentivador y solo se admitirán aquellas que se hagan con posterioridad a la fecha de solicitud. La construcción del edificio tiene que ser anterior a 2017. Están destinadas a propietarios de edificios existentes; comunidades de propietarios; empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios; empresas de servicios energéticos o proveedores de servicios energéticos; entidades locales y el sector público institucional; y comunidades de energías renovables y las ciudadanas de energía.

La convocatoria se publicó en el BOA el pasado 12 de noviembre, y ya se pueden presentar las solicitudes, hasta el 31 de julio de 2021. La resolución de las solicitudes tendrá un plazo de seis meses y habrá un máximo de tres meses para realizar la inversión.

Publicado en: Rehabilitación Etiquetado como: Arquitectura Bioclimática, Cambio Climático, Certificacion Energética, Eficiencia Energética, Energía Solar, Rehabilitación Energética

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