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Inicio » Rehabilitación » Actualización del Estatuto de Sepes para ejecutar actuaciones de rehabilitación y regeneración urbana

Actualización del Estatuto de Sepes para ejecutar actuaciones de rehabilitación y regeneración urbana

Publicado: 07/10/2021

El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se modifica el Estatuto de Sepes (Entidad Pública Empresarial de Suelo), ampliando el objeto de la entidad pública al introducir un nuevo apartado relativo a la ejecución de actuaciones de regeneración urbana de espacios públicos, así como de rehabilitación o reforma de inmuebles e instalaciones de titularidad pública.

suelo urbanizado sepes
Con esta modificación se refuerza la apuesta del Mitma por la creación de un parque público de viviendas para el alquiler asequible y la rehabilitación de viviendas.

Hasta ahora estaba clara la competencia de Sepes en la producción de suelo industrial y residencial, pero esta modificación de los Estatutos añade la posibilidad de recibir encargos en el ámbito de la rehabilitación urbana, ya sea del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) o de otras administraciones en todas las materias en que es competente en el ámbito de la vivienda.

El cambio en su Estatuto también supone la necesaria adaptación de Sepes a la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), habiendo sido el texto objeto de las oportunas modificaciones, fundamentalmente en lo que al nuevo régimen jurídico se refiere, a las disposiciones vigentes, así como a la actual estructuración de los departamentos ministeriales.

Convenios más flexibles y colaboración interinstitucional

Asimismo, este cambio reconoce la singularidad de la actividad que Sepes desarrolla, reflejada en el plazo de duración de sus convenios interadministrativos. Se elimina la rigidez en el plazo de los convenios para poder adaptarlos a las normativas urbanísticas locales y reforzar así su papel de interlocutor con ayuntamientos y comunidades autónomas.

Siguiendo la recomendación del Consejo de Estado, se elimina el plazo de vigencia que se había fijado normativamente por la Ley 40/2015 (4 años, prorrogables a 4 años más) para aquellos convenios de preparación, promoción y equipamiento de suelo, con carácter urbanístico o sin él, y se remitirá a la legislación urbanística que sea aplicable en cada caso.

Con esta nueva regulación, Sepes adapta su funcionamiento y normativa a los últimos requerimientos legales y se coloca en condiciones óptimas para abordar procesos internos de modernización de estructuras.

El reconocimiento de la singularidad de su actividad en lo relativo a los plazos de vigencia de los convenios urbanísticos que suscribe refuerza su papel como interlocutor en la concertación institucional con ayuntamientos y comunidades autónomas, porque ese es precisamente el principal elemento de trabajo de Sepes para abordar los procesos de transformación del planeamiento urbano, y contribuir así a la producción de suelo industrial, residencial o de equipamientos.

En este marco, una óptima regulación de los convenios urbanísticos suscritos es fundamental para garantizar la seguridad jurídica de las partes, y para la eficiencia del trabajo que se desarrolla. Esta regulación se convierte así en una apuesta clara por la colaboración interinstitucional.

Publicado en: Rehabilitación Etiquetado como: Construcción, Eficiencia Energética, Estudio de Arquitectura, Legislación, Regeneración Urbana, Urbanismo Sostenible

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