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La Comisión Europea publica nuevas directrices para implementar el Fondo Social para el Clima

Publicado: 10/10/2025

La Comisión Europea ha publicado nuevas directrices para ayudar a los Estados miembros de la UE a implementar eficazmente el Fondo Social para el Clima (SCF) y completar sus Planes Sociales para el Clima (SCP). Estas orientaciones incluyen principios clave como la previsibilidad, el enfoque en resultados, la transparencia, la gobernanza inclusiva y la protección de los fondos, con el objetivo de garantizar una transición ecológica justa e inclusiva.

El Fondo Social para el Clima movilizará más de 86.000 millones de euros para apoyar la transición ecológica de hogares vulnerables y pequeñas empresas.

El Fondo Social para el Clima, que comenzará en 2026, movilizará más de 86.000 millones de euros. Está destinado a apoyar a los hogares vulnerables y a las pequeñas empresas en la adopción de energías limpias y formas de transporte sostenibles. El fondo se financiará a través del nuevo sistema de comercio de emisiones (ETS2) para la quema de combustibles en edificios, transporte por carretera y otros sectores.

Las directrices publicadas se basan en la asistencia técnica previamente proporcionada por la Comisión Europea y desarrollan recomendaciones prácticas para que los Estados miembros puedan aplicar sus Planes Sociales para el Clima de forma eficaz. Uno de los objetivos clave es que el apoyo financiero llegue con rapidez a las personas en situación de pobreza energética o de transporte, garantizando la equidad social en la transición verde.

Además, se promueve la integración de los Planes Sociales para el Clima en los Planes de Asociación Nacionales y Regionales. Este enfoque permitirá realizar inversiones más específicas y adaptadas a los desafíos locales, así como optimizar el uso de los fondos europeos, mejorando la eficacia en su ejecución y en el cumplimiento de los objetivos del SCF.

Principios fundamentales para la implementación del Fondo

La previsibilidad es uno de los principios más destacados, asegurada mediante la definición de valores de pago para cada medida e inversión contemplada en los planes. Los desembolsos estarán condicionados al cumplimiento de hitos y objetivos concretos, lo que introduce un enfoque basado en el rendimiento: los fondos solo se liberarán una vez alcanzados los resultados previstos.

La simplificación administrativa también juega un papel clave. Los Estados miembros podrán utilizar las estructuras ya existentes en programas como la política de cohesión o el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, facilitando así una implementación más ágil. Además, la gobernanza del Fondo adoptará un enfoque participativo, requiriendo la implicación activa de autoridades regionales y locales, interlocutores sociales y organizaciones de la sociedad civil, para asegurar que los planes respondan a las necesidades reales del territorio.

En cuanto a la transparencia, se establecerá un sistema digital único para el seguimiento y la presentación de informes, que abarcará todas las medidas, inversiones y beneficiarios. Este sistema fortalecerá la rendición de cuentas y fomentará la confianza en el uso de los recursos del Fondo. Finalmente, los Estados miembros deberán implementar mecanismos de control sólidos para proteger los intereses financieros de la Unión Europea, incluyendo medidas para prevenir, detectar y corregir fraudes, corrupción, conflictos de interés y doble financiación.

Condiciones de acceso a la financiación

Para poder beneficiarse del apoyo económico del Fondo Social para el Clima, los Estados miembros deberán incorporar el nuevo régimen de comercio de emisiones (RCDE 2) a su legislación nacional —un requisito ya vigente— y presentar sus Planes Sociales para el Clima a la Comisión Europea para su evaluación. Estos planes deben detallar las medidas e inversiones nacionales destinadas a apoyar a las personas más vulnerables durante la transición ecológica. La Comisión Europea dispondrá de un plazo de hasta cinco meses para evaluarlos.

A partir del 31 de julio de 2026, los Estados miembros podrán solicitar su primer pago, siempre que hayan implementado los planes aprobados y cumplido con los hitos y objetivos establecidos.

Publicado en: Construcción Sostenible Etiquetado como: Financiación, Normativa, Pobreza Energética, Transición Ecológica, Transporte Sostenible

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