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El Gobierno de Extremadura abre la convocatoria de ayudas destinadas a financiar proyectos de energías renovables en los sectores turístico y agroindustrial.

Publicado: 05/08/2013

El Diario Oficial de Extremadura ha publicado el decreto que regula las subvenciones a la financiación a empresas del sector turístico y agroindustrial para la ejecución de instalaciones de energías renovables (solar térmica y biomasa), y la convocatoria de estas ayudas, dotada con 400.000 euros; (100.000 para este año y 300.000 para 2014).

Los objetivos fundamentales de este decreto son reducir los costes financieros de microempresas y pequeñas y medianas empresas que recurran a la financiación externa para acometer inversiones, y facilitar el acceso a la financiación dándole un apoyo financiero adicional que favorezca su desarrollo. Los ayuntamientos que sean titulares de actividades en el sector turístico y agroindustrial también podrán ser beneficiarios.

Igualmente, podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas, que actúen en el sector del aprovechamiento energético o de mejora de la eficiencia energética en las instalaciones o locales de un usuario, cuando actúen como empresas de servicios energéticos.

En cualquier caso, la actividad objeto de la ayuda debe estar incluida en alguno de los grupos de actividades económicas siguientes: dentro del sector turístico, en las secciones de hostelería y en servicios de alojamiento; y dentro del sector agroindustrial, en las secciones de industria manufacturera, industria de la alimentación y fabricación de bebidas.

La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía suscribirá un convenio de colaboración con la Sociedad de Garantía Recíproca Extremeña de Avales (Extraval) y entidades financieras que estén interesadas, para disponer de una ayuda pública para estos sectores que realicen inversiones en materia de ahorro y eficiencia energética y en renovables.

Las ayudas tendrán la consideración de minimis y, tal y como establece la normativa europea, no serán superiores a los 200.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales. Las ayudas minimis son aquéllas concedidas por los Estados miembros dela Unión Europeaa sus empresas, cuyos efectos sobre la competencia son limitados y, por ello, no existe la obligación de comunicar ala Comisión Europeacon carácter previo a su concesión.

En el caso del presente decreto, la inversión subvencionable mínima por proyecto no será inferior a 10.000 euros y superior a los 100.000 euros; y la iniciativa deberá financiarse al menos en un 25% por parte del beneficiario son ningún tipo de ayuda pública.

Las actuaciones subvencionables con estas ayudas son instalaciones solares térmicas de baja temperatura para producción de ACS, climatización y calentamiento de piscinas, entre otras; instalaciones de utilización de biomasa para la generación de energía térmica; y actuaciones que contemplen un híbrido entre las dos anteriores.

El plazo para presentar las solicitudes finalizará el 30 de abril de 2014.

Publicado en: Energías Renovables Etiquetado como: Ayudas y Subvenciones, Eficiencia Energética, Energía Solar, Inversión Sostenible, Reciclaje

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