Informe Evaluación Edificios – IEE

La Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo del Ministerio de Fomento, a través del  “Foro de debates: Ciudad y Territorio", organizó el pasado día 14 de Noviembre una Jornada para presentar el nuevo Informe de Evaluación de los Edificios (IEE) y aclarar los aspectos normativos y técnicos más relevantes a los profesionales del sector.

La jornada se desarrolló en el Salón de Actos de la sede de la citada Dirección General a la que estaban invitados todos los Colegios de Arquitectos y Arquitectos Técnicos de España y responsables de los centros de asesoramiento técnico y de formación, para que conocieran de primera mano el nuevo documento y las herramientas que se están desarrollando de cara a su puesta en marcha definitiva. Intervinieron en la jornada Pilar Martínez López, Directora General de Arquitectura, Vivienda y Suelo del Ministerio de Fomento, Ángela de la Cruz Mera, Subdirectora General de Urbanismo, y José María Enseñat Beso, Director Gerente del Instituto de la Construcción de Castilla y León.

Presentación del Informe de Evaluación de Edificios

En el marco del nuevo enfoque de la política que la Dirección General d Vivienda y Suelo del Ministerio de Fomento está llevando a cabo, cuyos ejes son la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas, la Ley 8/2013, de 26 de junio, de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas ha creado este instrumento, denominado “Informe de Evaluación de los Edificios”, cuyo objetivo es doble. Por un lado, los propietarios podrán conocer el estado completo en el que se encuentra su inmueble, así como su potencial capacidad de mejora y, por otra parte, las Administraciones Públicas, cada una en su propio ámbito competencial, dispondrán de información relevante y actualizada acerca de la situación del parque residencial español de vivienda colectiva para el correcto desarrollo de las políticas de vivienda. 

En primer lugar, intervino Pilar Martínez López, Directora General de Arquitectura, Vivienda y Suelo del Ministerio de Fomento, que solicitó la colaboración e implicación de todos los profesionales, arquitectos y arquitectos técnicos, en el despliegue y difusión de las medidas que se están llevando a cabo en este Ministerio, que, fundamentalmente, trata de "reorientar las políticas hacia el alquiler, la rehabilitación y el reciclaje urbano". Los profesionales tienen la oportunidad de identificar actuaciones que sean prioritarias y convertirse en agentes de revitalización urbana, un gran papel al servicio del interés general.

Pilar Martínez indicó, que el programa que se presentaba de Informe de Evaluación de los Edificios da respuesta a los tres principales problemas de la rehabilitación: la financiación, las barreras (cambios normativos) y la falta de información, con este IEE el propietario tomará conciencia de situación de su edificio, en cuanto a conservación, accesibilidad y eficiencia energética, tendrá la oportunidad de conocer los problemas y podrá saber cómo abordarlos.

Para el desarrollo de este programa se ha contado con la colaboración del Instituto de la Construcción de Castilla y León, que ha diseñado la herramienta informática gratuita que va a permitir la aplicación del IEE, y con la Federación Española de Municipios y Provincias, que ha elaborado un modelo de ordenanza tipo que podrán utilizar los distintos ayuntamientos para implementar el IEE. Respecto a la herramienta informática, Pilar Martínez, anunció que a través de la misma se podrá hacer automáticamente el registro telemático de los Informes en un Registro unificado para todo el país, lo que permitirá a la Administración conocer de primera mano la situación del parque edificado y su estado de conservación a nivel nacional.

Las ayudas económicas asociadas a este programa no van a estar dirigidas a la conservación e los edificios, un obligación ya adquirida con la propiedad del inmueble, sino que deberán estimular otras acciones como las dirigidas a mejorar la accesibilidad o la eficiencia energética. Por último, insistió en la necesidad de la implicación de los profesionales para informar y asesorar a los ciudadanos y apeló a su ética profesional para la realización informes veraces y de calidad.

Naturaleza, contenido y efectos del Informe de Evaluación de los Edificios 

A continuación, Ángela de la Cruz Mera, Subdirectora General de Urbanismo, pasó a revisar la naturaleza, contenido y efectos del Informe de Evaluación de los Edificios. En primer lugar, hizo un recorrido por la anterior Inspección Técnica de Edificios, el único instrumento que regulaba el deber de conservación de los edificios. En cuanto a la implantación de estas ITE, en toda España, solo eran exigidas por 51 municipios españoles y de manera muy heterogénea en cuanto periodos de tiempo, edificios incluidos, contenidos y control de su cumplimiento por parte de las autoridades competentes.

Para solventar esta dispersión, la anterior Ley de Sostenibilidad y el RD 8/2011 establecieron la obligatoriedad de que todos los edificios de más de 50 años y en municipios de más de 25.000 habitantes pasaran la ITE y establecía el año 2015 como límite para su cumplimiento. De los 51 municipios que recogían en sus ordenanzas inspecciones técnicas de edificios, se pasaba a 304 municipios y 3 millones de viviendas. La Federación Española de Municipios y Provincias tenía la certeza de que este plazo se incumpliría y algunas CCAA recurrieron esta ley por considerar que las labores de inspección y policía urbanística no correspondían al Estado, sino a las propias CCAA.

Con estos antecedentes, la actual Ley de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas, intenta mejorar esta situación, regulando la nueva figura del Informe de Evaluación de Edificios, una herramienta única para todo el territorio español y compatible con las vigentes Inspecciones Técnicas de Edificios que ampliándose, además, a todos los edificios de vivienda colectiva, incluye la accesibilidad universal y la eficiencia energética.

Los detalles de esta nueva figura se recogen en los artículos 4, 5 y 6 del Título I de la citada Ley de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas. En la Disposición Transitoria Primera  figura el calendario de implantación gradual, para que sea una norma realista y pueda aplicarse plenamente. Por último, en la Disposición final decimoctava se indica que mediante una orden ministerial se determinarán las cualificaciones requeridas para poder suscribir los Informes de Evaluación de Edificios.

La exposición de motivos de esta ley deja claros los objetivos de la regulación del IEE, que son asegurar la calidad y sostenibilidad del parque edificado, obtener información para que la Administración pueda desarrollar adecuadamente sus políticas de vivienda, y al mismo tiempo facilitar a las administraciones competentes un instrumento para poder evaluar las condiciones básicas exigibles a los propietarios de edificios, que serán el deber de conservación, la accesibilidad universal y la eficiencia energética.

Este último punto será aportado por el Certificado de Eficiencia Energética, que si se ha realizado con anterioridad, se podrá incluir en este informe. En este caso no será obligatorio realizar las obras que se indiquen para mejorar la eficiencia energética del edificio, pero sí lo será en la evaluación de las condiciones básicas de accesibilidad, de acuerdo con la normativa vigente, Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio y Ley 26/2011, de 1 de agosto, estableciendo si el edificio es susceptible o no de realizar ajustes razonables para satisfacerlas, teniendo en cuenta parámetros técnicos, sociales y económicos, cuyo plazo para que todos los edificios y espacios públicos estén adaptados finaliza en 2015.

Los propietarios de inmuebles ubicados en edificaciones con tipología residencial de vivienda colectiva, los edificios cuyos titulares pretendan acogerse a ayudas públicas y con el objeto de evitar duplicidades entre el informe y la Inspección Técnica de Edificios o instrumento de naturaleza análoga que pudiera existir en los Municipios o Comunidades Autónomas, el informe resultante de aquélla se integrará como parte del informe regulado por esta Ley. La periodicidad para renovar el IEE será de diez años igual que el certificado de eficiencia energética y se creará un registro específico para estos informes que incluso se podrán presentarse de forma telemática a través de la herramienta informática que se está desarrollando a tal efecto para cumplimentar los informes.

Por último, se indicaron las subvenciones que se van a destinar para el desarrollo la implantación de los IEE, que serán subvenciones directas a los propietarios individuales, a las comunidades de vecinos, para los gastos de emisión del informe siempre y cuando se realice antes de 2016, que es cuando cumplirá el plazo para que todos los edificios dispongan del IEE. Se calcula que será 20€ por vivienda sin superar los 500€ o el 50% de los honorarios del técnico que realice el Informe.

Herramientas para la realización del Informe de Evaluación de los Edificios y para el tratamiento de la información contenida en el mismo por parte de las Administraciones Públicas.

El último ponente de la jornada fue José María Enseñat Beso, Director Gerente del Instituto de la Construcción de Castilla y León, instituto que ha desarrollado los contenidos de la herramienta informática que permitirá cumplimentar y presentar de manera telemática los Informes de Evaluación de los Edificios.

José María Enseñat Beso, explicó las partes y los datos que conforman el Informe de Evaluación de Edificios:

  1. Datos generales del inmueble, referencia catastral, propiedad, descripción de los sistemas constructivos, instalaciones, etc., en general los datos urbanísticos y del edificio. También se podrán adjuntar imágenes del estado actual del edificio.
  2. Parte I: Estado de conservación. Datos del estado de las estructuras, cimentación, cubiertas, instalaciones y valoración del estado de conservación del edificio 
  3. Parte II: Condiciones básicas de accesibilidad. Datos de accesibilidad y señalización diferenciado para edificios de uso residencial o en uso publico
  4. Parte III: Certificado de Eficiencia Energética. Se adjuntará este certificado si el edificio objeto del informe es de tipología residencial colectiva (entendiendo por tal aquel que contenga más de una vivienda, sin perjuicio de que pueda contener, de manera simultánea, otros usos distintos del residencial).

Finalmente, se indicó que para poder difundir este modelo de Informe de Evaluación de Edificios entre los profesionales habilitados para su realización, desde el Ministerio de Fomento está previsto organizar, a través del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España y del Consejo General de la Arquitectura Técnica de España, una Jornada de “Formación de Formadores”, a la que estarán convocados todos los colegiados interesados en la materia y que permitirá, una vez formados que se pueda extender su utilización y realización de forma correcta por todo el territorio nacional.

 
 
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