La Ley Andaluza de Cambio Climático fijará nuevos límites de emisiones

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha acordado iniciar la elaboración del anteproyecto de Ley de Cambio Climático, que elevará al máximo rango jurídico los planes que la Junta desarrolla desde 2002 contra los efectos de este fenómeno y fijará nuevos límites a la contaminación por gases de efecto invernadero.

La futura ley se centrará sobre todo en las denominadas “emisiones difusas”, hasta ahora reguladas de forma insuficiente al no estar sujetas al Régimen Europeo del Comercio de Derechos de Emisión. Para ellas, que suponen un 55% de la contaminación vinculada al cambio climático en la comunidad, se fija el objetivo básico de no rebasar en 2020 el nivel registrado en 2005 de 4,28 toneladas equivalentes de dióxido de carbono (CO2) por habitante y año.

El anteproyecto establece techos de emisiones por periodos de seis años para los distintos sectores que generan este tipo de contaminación difusa, fundamentalmente el agrario, el transporte, el residencial y el comercial e institucional, así como la gestión de residuos, los gases fluorados y aquellas actividades industriales que quedan fuera de la regulación europea. Estos límites, denominados “presupuestos de carbono”, serán revisables por el Consejo de Gobierno en función de los compromisos que puedan adquirirse en el ámbito internacional, de las disminuciones logradas o de los impactos económicos y sociales de las medidas incluidas en la ley.

Para facilitar el cumplimiento de los fines planteados, el anteproyecto incluye, entre otras novedades, la creación de un sistema de compensación de emisiones de efecto invernadero en el sector privado; la regulación de las medidas para incrementar la superficie de los denominados sumideros naturales de CO2 (fundamentalmente espacios forestales que absorben este tipo de contaminación); la obligación de incorporar a la planificación sectorial la consideración del impacto de cambio climático, y la integración de todo el conocimiento científico generado sobre el fenómeno en los centros de investigación andaluces.

La primera de estas medidas se concreta en la creación del Sistema Andaluz de Compensación de Emisiones (SACE), un instrumento pionero en España que facilitará la participación en la lucha contra el cambio climático de todos aquellos establecimientos e instalaciones que no se incluyen en el Régimen Europeo del Comercio de Derechos de Emisión. El SACE se aplicará una vez esté elaborado el reglamento de desarrollo de la ley, previsiblemente dentro de dos años desde su entrada en vigor, y tendrá dos regímenes, uno obligatorio y otro voluntario.

Dentro del régimen obligatorio, los establecimientos deberán auditar sus emisiones, presentar un informe y elaborar un plan de reducción. Para las actividades de gran consumo energético, que excedan los valores de referencia establecidos, se exigirá además compensar su potencial contaminante con proyectos de absorción de CO2.

Por su parte, al régimen voluntario podrán acogerse todas aquellas actividades con menores niveles de consumo que quieran asumir los compromisos del SACE. Además de los efectos positivos que se obtienen por la mitigación de gases de efecto invernadero expulsados a la atmósfera, este sistema posibilitará también la opción de compensar las emisiones a través de proyectos de forestación, reforestación y conservación del dominio público natural.

Sumideros de CO2

Los proyectos de compensación de emisiones se dirigirán sobre todo a reforzar la capacidad de los bosques andaluces para absorber el carbono y actuar como sumideros naturales. También se incluyen trabajos de conservación o creación de humedales y de aumento del contenido en materia orgánica del suelo mediante la agricultura y la silvicultura. Como medio para financiarlos, se prevé la creación del Fondo de CO2, con un patrimonio separado del resto de la Administración autonómica. Sus recursos procederán fundamentalmente de las cuotas voluntarias para la compensación, del Presupuesto de la Junta y de otras aportaciones económicas.

En el ámbito de la reducción de emisiones, la ley también respaldará a los fabricantes de productos industriales, agroalimentarios y pesqueros para el cálculo y la certificación de la denominada “Huella de Carbono”, instrumento que sirve para medir las emisiones de CO2 que registran las empresas en la fabricación y distribución de un producto o servicio. La Huella de Carbono será tenida en cuenta por la Administración autonómica en sus procedimientos de contratación pública.

Respecto a la planificación, la ley elevará al máximo rango normativo las iniciativas que desarrolla la Junta desde la puesta en marcha en 2002 de la Estrategia Andaluza ante el Cambio Climático. Se establece así un sistema integrado por el Plan Andaluz de Acción por el Clima de carácter general y por los vigentes programas de Mitigación (para la reducción de emisiones), Adaptación (para la minimización de la vulnerabilidad del territorio) y Comunicación.

A estos planes se suman, como instrumentos complementarios, los Programas Municipales de Cambio Climático, en poblaciones de más de 50.000 habitantes. Estos documentos abordarán los objetivos de mitigación y adaptación desde la esfera competencial local y los incorporarán a la planificación municipal, especialmente la urbanística. Además, la norma obliga a adaptar todos los planes de la comunidad autónoma con incidencia en el cambio climático, que deberán someterse a un procedimiento específico de evaluación de impacto para su ajuste a los objetivos de la ley.

Como instrumentos técnicos de referencia para la planificación y la toma de decisiones, se elaborarán y aprobarán los Escenarios Climáticos de Andalucía y el Inventario Andaluz de Emisiones de Gases de Efecto Invernadero, que incluirá datos de contaminación por fuentes y de su absorción por los sumideros. Con el fin de coordinar estas políticas en el ámbito de la Administración autonómica, se establece también la creación de una comisión interdepartamental y de una oficina técnica de apoyo.

 
 
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