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Castilla y León modifica en octubre su Inspección Técnica de Edificios

Publicado: 03/09/2015

Cerca del 70% de los municipios de Castilla y León deberán realizar la Inspección Técnica de Edificios (ITE) a partir del mes de octubre, momento en que la Consejería de Fomento y Medio Ambiente, junto con los ayuntamientos, modificarán el control de la revisión de los edificios que deben pasar esta inspección. El objetivo es comprobar la conservación de los edificios y determinar las obras que se deben realizar para su mejor accesibilidad.

Según los datos aportados por los ayuntamientos, desde la puesta en marcha de la inspección técnica, se han realizado casi 11.000 ITE en las capitales de Castilla y León entre los años 2010 y 2013. Es necesario tener en cuenta que la ITE se ha ido implantando paulatinamente en estos municipios y la primera ciudad en poner en marcha la ordenanza reguladora fue la ciudad de León en 2009, habiéndose realizado hasta el año 2013 cerca de 2.500 ITE.

En Castilla y León hay tres tipos de municipios: aquellos en los que deben pasar la ITE todos los edificios, que se llama la ITE completa; aquellos en los que deben pasarla solamente los edificios de uso residencial, es decir, los bloques de vivienda (ITE parcial), y los demás municipios, donde la ITE no es obligatoria.

Análisis de los edificios

La persona encargada analiza el estado de conservación del edificio, detallando las deficiencias y los desperfectos observados e indicando si reúne condiciones de seguridad, con especial atención a los elementos vinculados directamente a la estabilidad, consolidación estructural, estanqueidad, y, en general, a la seguridad del edificio y de las personas, tales como la estructura, la cimentación y las fachadas exteriores, interiores y medianeras, así como las cubiertas, azoteas, voladizos, antenas, marquesinas y demás elementos susceptibles de desprendimiento.

A su vez, el técnico valora la seguridad estructural, de forma que no se produzcan en el edificio, o en partes del mismo, daños que tengan su origen o afecten a la cimentación, los soportes, las vigas, los forjados, los muros de carga u otros elementos estructurales, y que comprometan la resistencia mecánica y la estabilidad del edificio. También la seguridad en caso de incendio, de forma que los ocupantes puedan desalojar el edificio en condiciones seguras, se pueda limitar la extensión del incendio dentro del edificio y de los colindantes, y se permita la actuación de los equipos de extinción y rescate. Finalmente, la seguridad de utilización, para que  el uso normal del edificio no suponga riesgo de accidente para las personas.

Es necesario controlar las condiciones de salubridad, ornato público, accesibilidad y habitabilidad según el uso del edificio inspeccionado, indicando las deficiencias y desperfectos observados. Aquí se incluye la certificación de la eficiencia energética de los edificios. Si el edificio cuenta con los servicios mínimos exigibles y se destina al uso previsto. En caso de que la ITE no sea favorable el técnico indicará las obras, trabajos de conservación y demás medidas que sean precisas para mantener o reponer las condiciones exigibles, incluyendo un calendario de plazos para su ejecución.

Publicado en: Construcción Sostenible Etiquetado como: Accesibilidad, Construcción, Edificios Residenciales, Eficiencia Energética, Salubridad, Seguridad

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