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Los coruñeses pueden participar en la consulta previa del reglamento para las ayudas de conservación y rehabilitación

Publicado: 15/01/2020

El Ayuntamiento de A Coruña ha publicado los objetivos del nuevo Reglamento municipal que regula la concesión de Ayuda para la Conservación y Rehabilitación de Edificios (OMACREV). Con el objetivo de mejorar la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas, se abre el plazo para participar en la consulta previa, antes de dar luz verde a un reglamento que reemplazará el reglamento actualmente otorgado a las ayudas de rehabilitación enumeradas en el Título VI de la Ordenanza de Conservación y Rehabilitación.

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El plazo de participación ciudadana está abierto hasta el 21 de enero.

El Reglamento estará expuesto hasta el 21 de enero para iniciar el procedimiento de su aprobación. Hasta esa fecha, el barrio y las organizaciones y asociaciones pueden enviar sus opiniones sobre los diferentes aspectos del mismo a través de la dirección de correo electrónico rehabilitacionvivenda@coruna.es.

De esta forma, el Gobierno Local recopilará las sugerencias de los individuos y grupos más representativos potencialmente afectados por las futuras regulaciones sobre los problemas que se pretenden resolver con la iniciativa y que enfrentan la dificultad actual para procesar las últimas llamadas realizadas en 2017 y 2018.

Objetivos de la ordenanza

La ordenanza tiene como objetivo simplificar el procedimiento de concesión de ayudas y el control económico de las obras que están sujetas a ellas, y una determinación y cuantificación más detallada de sus objetivos. La normativa incluirá la clasificación de los documentos que se presentarán al momento de solicitar la ayuda y cuando el solicitante tenga que justificarla, así como una definición más precisa con una estructuración de las acciones que probablemente recibirán una subvención y de los pasos dados en los campos de la eficiencia energética, habitabilidad y sostenibilidad, la preservación de los bienes inmuebles y, en particular, sus elementos sujetos a protección, para facilitar una cuantificación posterior de los resultados.

Por otro lado, los montos de la ayuda deben establecerse en relación directa con cada uno de los tipos de acción elegibles (lo que no ocurrió en la ordenanza anterior), y sus montos deben revisarse tendiendo a homogeneizarse de acuerdo con los tipos de obras y los niveles de protección de bienes inmuebles, independientemente de su ubicación.

La normativa proporcionará un mejor marco entre la documentación técnica que inicialmente define las acciones para las cuales se solicita la ayuda, los presupuestos proporcionados por los promotores proporcionados por los posibles contratistas y la documentación técnica que justifica los trabajos realmente ejecutados para establecer una relación directa entre los trabajos a los que se refiere cada documento y para evitar discrepancias posteriores en cuanto al origen de la subvención final.

Publicado en: Rehabilitación Etiquetado como: Ayudas y Subvenciones, Conservación Preventiva, Eficiencia Energética, Legislación, Regulación, Rehabilitación Energética

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