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La Xunta de Galicia publica el decreto que regula el nuevo Informe de Evaluación de los Edificios

Publicado: 26/04/2021

La Xunta de Galicia ha publicado en el Diario Oficial de Galicia (DOG), el pasado 20 de abril, el decreto por el que se regula el nuevo Informe de Evaluación de los Edificios (IAE), un instrumento diseñado por la Xunta para acreditar el estado de conservación, la accesibilidad y la eficiencia energética de inmuebles residenciales, y que entrará en vigor en el mes de mayo.

edificio galicia
El IAE será obligatorio para todos aquellos inmuebles de tipo residencial colectivo edificados hace 50 años o más.

Deberán someterse a esta evaluación obligatoria todos aquellos edificios de tipología residencial de vivienda colectiva que tengan 50 años o más, carezcan de declaración firme de ruina y con independencia de que en los mismos existan otros usos distintos al residencial.

En virtud de este decreto se crea también el Registro gallego de informes de evaluación de los edificios (Regiae), en el que se deberán inscribir todos los IAE. La nueva normativa entrará en vigor un mes después de la publicación en el DOG, aunque los propietarios de los inmuebles afectados tendrán tiempo para encargar y presentar los preceptivos informes.

Situación de conservación, accesibilidad y eficiencia energética

El nuevo Informe de Evaluación de los Edificios es un documento en el que se acredita la situación actual de cada inmueble en relación con su estado de conservación y también con el cumplimiento de la normativa vigente sobre accesibilidad y eficiencia energética. Aunque este análisis será obligatorio con carácter general para todos los inmuebles residenciales de vivienda colectiva con 50 años o más, también será aplicable a aquellos que tengan una antigüedad inferior siempre que así lo determine la normativa municipal.

No será necesario presentar el correspondiente IAE en caso de edificios que cuenten con una declaración firme de ruina. Aquellos que tengan un certificado de Inspección Técnica de Edificación (ITE) solo deberán completar la parte destinada a la accesibilidad y eficiencia energética.

El informe tendrá que ser elaborado por un técnico competente, que acreditará la situación actual del edificio en base a su estado de conservación, las condiciones básicas de accesibilidad y la cualificación de la certificación energética. Las personas que tengan deber de disponer del IAE, deberán elaborarlo y presentarlo en el ayuntamiento donde se encuentre el edificio dentro del plazo establecido, acompañado de toda la documentación requerida y de una solicitud de inscripción en el Regiae.

El ayuntamiento correspondiente, por su parte, deberá encargarse de inscribir el IAE presentado en el plazo máximo de tres meses, después de verificar el cumplimiento de los requisitos formales establecidos a través del decreto publicado.

Presentación de los IAE

Los ayuntamientos que así lo consideren, en función del número y de la antigüedad de los edificios, así como de sus propios medios y necesidades, podrán establecer un calendario para la presentación gradual de los IAE en aquellos casos en que a la entrada en vigor de este decreto ya tengan cumplidos 50 años o más. En todo caso, nunca podrá superar el plazo de un año desde la entrada en vigor de la normativa reguladora del IAE para los edificios catalogados, y hasta tres años para el resto de los edificios con más de medio siglo.

Por el contrario, en el caso de aquellos inmuebles que aún no tengan la antigüedad mínima fijada, el IAE deberá presentarse siempre en el plazo máximo de un año a contar desde el momento en que alcancen los 50 años o el mínimo que establezca el propio ayuntamiento, de ser el caso.

El análisis de los edificios tendrá una vigencia de 10 años desde el momento de su firma y las renovaciones se realizarán, en todo caso, antes del 31 de diciembre del último año en vigor.

La Xunta destaca que en las próximas convocatorias de ayudas a la rehabilitación que convoque el Instituto Galego de Vivenda e Solo (IGVS) se considerará también como gasto subvencionable el coste de elaboración de este tipo de informes.

Publicado en: Rehabilitación Etiquetado como: Accesibilidad, Certificacion Energética, Construcción, Edificios Residenciales, Eficiencia Energética, Normativa

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