El Ayuntamiento de Valle Gran Rey (La Gomera) ha abierto el plazo para solicitar las subvenciones a la rehabilitación de viviendas del municipio. Se trata de unas ayudas destinadas a la rehabilitación o adecuación de viviendas de titularidad privada a las condiciones mínimas de habitabilidad, ahorro de consumo energético, elementos estructurales y aquellas obras necesarias para el adecuado mantenimiento de las mismas. Los interesados tendrán un plazo de 30 días hábiles para solicitar estas ayudas, a contar desde el 20 de mayo.

Esta línea de ayudas se incluye dentro del Programa Regional para Combatir la Despoblación del Medio Rural del Plan de Viviendas de Canarias 2020-2025. En esta ocasión cuenta con una inversión superior a los 162.000 euros.
Actuaciones para la rehabilitación de viviendas
En cuanto a las actuaciones en viviendas aisladas o interior de viviendas en edificios se incluyen las rehabilitaciones para adaptar la vivienda a personas con diversidad funcional y movilidad reducida, la instalación de sistemas integrados de domótica, la reforma de cuartos de baño, la instalación eléctrica de baja tensión, la instalación interior de fontanería y saneamiento, las obras relativas al estado de conservación de estructuras, y el refuerzo o sustitución parcial de los elementos estructurales.
En los edificios residenciales se incluyen las rehabilitaciones en las zonas comunes destinadas a la instalación eléctrica de enlace, la instalación general de fontanería, la red de evacuación de aguas, las obras relativas al estado de conservación de cubiertas, el refuerzo o sustitución parcial de los elementos estructurales o las obras de accesibilidad. Además, también se incluyen aquellas obras destinadas a luchar contra la pobreza energética, así como las obras en viviendas aisladas en situación de fuera de ordenación, con la finalidad de dejar de estarlo si se desarrollan las obras necesarias para ello.
En cuanto a las cantidades disponibles con estas ayudas, se prevé que los beneficiarios de viviendas unifamiliares podrán acceder a una subvención de hasta el 50% del coste subvencionable de cada actuación individual y un importe máximo por vivienda de 10.000 euros. Mientras tanto, los edificios residenciales contarán con un máximo de 8.000 euros por vivienda colectiva.
Las viviendas deberán tener una antigüedad en la fecha de la solicitud de, al menos, 20 años. En cuanto a los edificios, deberán estar finalizados antes de 1996, que al menos el 70% de su superficie tenga uso residencial de vivienda y que al menos el 50% de las viviendas constituyan el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios en el momento de la solicitud.
Asimismo, queda prohibido destinar la vivienda a alquiler turístico y a otros usos con un fin distinto al de residencia habitual y permanente, así como subarriendo. La vivienda no podrá permanecer deshabitada por un tiempo superior a seis meses al año.