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Inicio » Construcción Sostenible » Aprobado el marco regulador de las ayudas medioambientales y de sostenibilidad energética de la Junta de Andalucía.

Aprobado el marco regulador de las ayudas medioambientales y de sostenibilidad energética de la Junta de Andalucía.

Publicado: 29/01/2009

El Consejo andaluz de Gobierno ha aprobado el nuevo decreto regulador de las ayudas a proyectos en favor del medio ambiente y el desarrollo energético sostenible que concede la Junta de Andalucía, cuya cuantía global para los próximos siete años se calcula en unos 770 millones de euros. La norma, que se adapta a las directrices de la Comisión Europea para el periodo 2008-2014, incluye entre sus novedades la exigencia de que los incentivos produzcan un cambio sobre el comportamiento de la persona o entidad beneficiaria en relación con la incidencia ambiental de su actividad. Asimismo, se introduce el criterio de necesidad y proporcionalidad de las ayudas, que deberán conseguir resultados que no podrían alcanzarse con aportaciones de menor intensidad o cuantía.

De acuerdo con el marco normativo comunitario, estos incentivos se conceden con el fin de corregir el fallo de mercado que da lugar a un nivel de protección inferior debido a la pérdida de competitividad que suponen los costes de disminuir la contaminación e incorporar criterios de sostenibilidad energética. El objetivo debe alcanzarse sin producir efectos desproporcionados en la competencia y respetando el principio de integrar los costes de protección ambiental en los de producción.

La regulación aprobada afecta tanto a los incentivos directos de la Adminstración autonómica como a los que gestiona procedentes de fondos europeos con destino a proyectos de reducción de la contaminación; incremento de la protección ambiental en el sector del transporte; ahorro de energía; fomento de las fuentes renovables y de los sistemas de cogeneración; climatización urbana eficiente, gestión de residuos; recuperación de suelos contaminados, y realización de estudios medioambientales y energéticos.

Como costes subvencionables se señalan, entre otros, los relativos a adquisición de terrenos, urbanización y obras exteriores, edificación de obra civil, compra de maquinaria y materias primas, servicios externos de asesoramiento, gastos de certificación y trabajos de planificación e ingeniería. Respecto a estos costes se fijan porcentajes máximos de ayuda, tanto mayores cuanto menor es el tamaño de la empresa, que van del 50% al 100% en los casos de proyectos para la recuperación de suelos contaminados.

El ámbito de aplicación de las ayudas se extiende a todos los sectores que se rigen por el Tratado de la Comunidad Europea y también a otros sujetos a normas específicas en materia de incentivos públicos, como la siderurgia, el transporte, la agricultura, la pesca o las industrias navales y de automoción. Por el contrario, se excluyen los proyectos relacionados con infraestructuras de transporte aéreo, viario, ferroviario, marítimo y navegable interior, así como la fabricación de productos ecológicos y medios de transporte sostenible y las medidas de mejora de la seguridad e higiene en centros productivos.

Además de definir el ámbito de aplicación, el decreto aprobado especifica que no se concederán ayudas a entidades que no sean capaces de adaptarse a las normas y tecnologías medioambientales. Los incentivos tampoco propiciarán el mantenimiento artificial en el mercado de empresas con dificultades o de sectores con exceso de capacidad. De igual modo, se descartan las ayudas si se comprueba que existen empresas del mismo sector que alcanzan sin ellas el de protección ambiental propuesto.

Publicado en: Construcción Sostenible Etiquetado como: Certificación Ambiental, Desarrollo Sostenible, Eficiencia Energética, Gestión de Residuos, Normativa, Política Energética

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