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Convocadas ayudas para la rehabilitación de edificios en Canarias

Publicado: 02/06/2015

El Boletín Oficial de Canarias ha publicado la convocatoria de ayudas destinadas a comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios y propietarios únicos de edificios para la rehabilitación de inmuebles de tipología residencial colectiva. La cuantía prevista por el Gobierno de Canarias para estas subvenciones es de 3.142.857,00 euros para este año 2015 y el plazo para la presentación de las solicitudes será de dos meses.

Casa a rehabilitar en Canarias.

Las ayudas serán destinadas a obras de conservación, mejora de la calidad o de la accesibilidad del edificio de aquellas viviendas anteriores a 1981. Además, al menos el 70% de las viviendas deben ser el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios. En casos excepcionales también se podrán subvencionar obras en edificios que no cumplan estos requisitos y presenten daños estructurales que justifiquen la concesión de la ayuda.

La cuantía máxima de las subvenciones se determinará en función del coste total de la obra y no podrá superar los 11.000 euros por vivienda del edificio o por cada 100m2 de superficie útil de locales, y tampoco podrá superar el 35% del coste total.

En líneas generales, se subvencionarán obras destinadas a la conservación, la mejora de la calidad y sostenibilidad o mejora de la accesibilidad del edificio. En el primer caso, las obras destinadas a la conservación del edificio, se podrán subvencionar las obras detectadas con carácter desfavorable por el Informe de Evaluación del Edificio relativas al estado de conservación de la cimentación, estructura e instalaciones; o las relativas al estado de conservación de cubiertas, azoteas, fachadas y medianerías u otros elementos comunes cuando se realicen en edificios declarados Bien de Interés Cultural, catalogados o protegidos, o situados dentro de conjuntos histórico-artísticos. También las que se realicen en las instalaciones comunes de electricidad, fontanería, gas, saneamiento, recogida y separación de residuos y telecomunicaciones, con el fin de adaptarlas a la normativa vigente.

Por lo que respecta a las obras realizadas para la mejora de la calidad, se contemplarán las obras destinadas a reducir la demanda energética, las actuaciones de aislamiento térmico, la sustitución de carpinterías y acristalamientos de los huecos; la instalación de sistemas de calefacción, refrigeración, producción de agua caliente sanitaria y ventilación; o la instalación de equipos de energías renovables.

En materia de accesibilidad se subvencionará  la instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas, grúas u otros dispositivos de accesibilidad, incluyendo los adaptados a las necesidades de personas con discapacidad sensoria, y la instalación de elementos o dispositivos electrónicos de comunicación entre las viviendas y el exterior, tales como videoporteros y análogos. 

Publicado en: Rehabilitación Etiquetado como: Accesibilidad, Ayudas y Subvenciones, Edificios Residenciales, Eficiencia Energética, Normativa, Rehabilitación Energética

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