El Ayuntamiento de Baena (Córdoba) ha publicado las ayudas municipales para la rehabilitación, eliminación de barreras arquitectónicas y adaptación de viviendas en el municipio. Con un presupuesto total de 100.000 euros, esta convocatoria se divide en dos líneas de actuación prioritarias: la rehabilitación de viviendas habituales y la adaptación de inmuebles para mejorar la autonomía personal de personas mayores, con discapacidad o movilidad reducida.

Las viviendas deben cumplir ciertos criterios urbanísticos: tener más de 20 años, no ser consideradas infraviviendas, disponer de una superficie útil mínima de 36 m², no estar fuera de ordenación urbanística y tener unas condiciones de seguridad estructural y constructiva que garanticen la viabilidad de la intervención o alcanzarla con esta.
Rehabilitación y adaptación de viviendas
Las actuaciones y conceptos subvencionables en la línea 1 son actuaciones dirigidas a la rehabilitación/conservación de la vivienda habitual o de elementos comunes de edificios de uso residencial, para que los mismos alcancen las condiciones necesarias para su habitabilidad y, por consiguiente, se puedan destinar a vivienda habitual del solicitante. La subvención cubrirá hasta el 80% del coste, con un tope de 8.000 euros por vivienda, y un límite de obras de hasta 10.000 euros. Las viviendas deberán estar situadas en el casco antiguo del municipio.
En la línea 2 son actuaciones dirigidas a la promoción de la accesibilidad universal de las viviendas del municipio: eliminación de barreras arquitectónicas y adaptación interior de las viviendas mediante las modificaciones necesarias para garantizar la autonomía personal de las personas con movilidad reducida o necesidades especiales, mediante instalación de rampas, ascensores, plataformas elevadoras y otros dispositivos que faciliten la movilidad.
En este caso, las viviendas deben estar en el término municipal de Baena (incluyendo Albendín y la zona del ensanche) y los beneficiarios deberán ser mayores de 65 años, personas con discapacidad o dependientes. La cuantía máxima de esta línea será de 1.000 euros por solicitud.
Entre los requisitos para solicitar cualquiera de las líneas, el promotor deberá ser el propietario de la vivienda y estar empadronado y residir permanentemente en la misma o, con autorización de este, el arrendatario o usuario. Los ingresos anuales de la unidad de convivencia no podrán ser superiores a 21.000 euros. Cuando se trate de actuaciones promovidas por comunidades de propietarios sobre elementos comunes, al menos el 50 por 100 de los propietarios no superará dicho nivel de ingresos. En caso de personas jurídicas sin ánimo de lucro, cuya actividad sea servir de residencia habitual a determinados colectivos, no se tendrá en cuenta el criterio de rentas.