La Junta de Castilla y León, a través de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo, ha publicado la convocatoria de subvenciones públicas para la retirada segura y sustitución de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto en centros de trabajo de la comunidad durante el año 2026, con una dotación inicial de 3 millones de euros. El plazo para presentar solicitudes permanecerá activo hasta el próximo 13 de febrero.

La convocatoria busca mejorar la salud y la seguridad de los trabajadores, reduciendo la exposición a fibras de amianto. Serán subvencionables tanto la retirada segura de cubiertas que contengan amianto, realizada por empresas inscritas en el Registro de Empresas con Riesgo por Amianto (RERA), como la sustitución de las cubiertas retiradas por nuevas cubiertas resistentes, transitables y libres de amianto. Los gastos subvencionables deberán efectuarse entre el 19 de agosto de 2025 y el 30 de junio de 2026.
Cuantía, requisitos y presentación de solicitudes
La cuantía de la subvención cubrirá el 85% de los gastos de retirada del amianto, con un límite de 10 euros por m² y un máximo de 30.000 euros por centro de trabajo. Para la instalación de la nueva cubierta, la ayuda alcanzará el 50% de los gastos, con un tope de 40 euros por m² y 20.000 euros por centro de trabajo. Cada centro podrá presentar una única solicitud, con un máximo de dos solicitudes por beneficiario.
Entre los requisitos para optar a la subvención se incluyen que el centro de trabajo esté ubicado en Castilla y León, que no se hayan recibido sanciones graves o muy graves en materia de seguridad y salud laboral durante los dos años anteriores, y que no se incurra en prohibiciones establecidas por la Ley General de Subvenciones. Además, las empresas deberán cumplir con la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad y contar con un plan de igualdad cuando sea obligatorio, manteniendo estas condiciones desde la presentación de la solicitud hasta la liquidación de la ayuda.
La presentación de solicitudes se realizará de forma electrónica a través del registro habilitado por la administración. Podrán solicitar estas ayudas entidades con ánimo de lucro, incluyendo personas físicas, jurídicas privadas, comunidades de bienes u otras entidades legalmente constituidas, siempre que sean propietarias o arrendatarias del centro de trabajo donde se realizará la actividad subvencionada.