Se presenta el Anteproyecto de Ley de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera y se moderniza la legislación que regula la Gestión Ambiental de Residuos de la Construcción.

La ministra de Medio Ambiente, Cristina Narbona, fue la encargada de cerrar la segunda jornada de la Conferencia Sectorial celebrada en Barcelona, durante la cual se han propuesto dos proyectos de Real Decreto que regularán la producción de residuos de construcción y demolición, así como la recogida y gestión ambiental de pilas y acumuladores usados.


Junto con estos dos proyectos, se han presentado a los delegados de las Comunidades Autónomas el borrador del Anteproyecto de Ley de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera y el borrador del Plan Nacional de Contaminantes Orgánicos Persistentes. Con este conjunto de normas, el Ministerio de Medio Ambiente quiere actualizar y adecuar la legislación española a las nuevas Directivas comunitarias y reforzar jurídicamente la capacidad de acción de las Comunidades Autónomas para lograr una mejor gestión ambiental en el conjunto del territorio.


Anteproyecto de Ley de Calidad del Aire y protección de la Atmósfera


La contaminación atmosférica continua siendo motivo de una seria preocupación en España y el resto de Europa porque existen niveles de contaminación con efectos adversos muy significativos para la salud humana y el medio ambiente, particularmente en las aglomeraciones urbanas. Por dicha razón, y en el marco de las iniciativas emprendidas por el Gobierno para alcanzar niveles saludables de calidad del aire, se hace indispensable reforzar la capacidad de acción frente a la contaminación atmosférica. Para ello, se va a sustituir la vigente Ley de Protección del Medio Ambiente Atmosférico de 1972 (desfasada por la Constitución, por las normativas comunitarias e internacionales), al objeto de dotarnos de una legislación básica acorde con las circunstancias y exigencias actuales.


Con el Anteproyecto de Ley de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera se facultará a las comunidades autónomas para ejercer un control más riguroso y reforzar su capacidad de acción en esta materia. Esta Ley es uno de los instrumentos que se enmarca en la Estrategia Española de Calidad del Aire. La nueva norma recoge el modelo de gestión de la calidad del aire vigente en Europa basado en la fijación de objetivos de calidad, la evaluación periódica, la zonificación por parte de las autonomías de su territorio según los niveles de contaminación, identificando las que superen los niveles permitidos. Esta zonificación “deberá ser tenida en cuenta en la elaboración y aprobación de los planes urbanísticos y de ordenación del territorio”. La futura ley fija que si se superan los niveles de contaminación, las CCAA y ayuntamientos deberán elaborar planes de reducción que podrán incluir “medidas de control o suspensión de aquellas actividades que sean significativas en la situación de riesgo, incluido el tráfico automovilístico”.


Borrador de Proyecto de Real Decreto que regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición


En la actualidad está vigente el Plan Nacional de gestión de residuos de construcción y demolición (RCD), aprobado en 2001, que había realizado unas previsiones de generación de 42 millones de toneladas (aprox. 1Ton/hab/año) de residuos. Sin embargo, los datos reales demuestran que dicha previsión, hecha hace cinco años, ha sido superada debido a la fuerte actividad de la construcción, especialmente en algunas comunidades autónomas.


El problema ambiental que plantean los RCD se deriva no sólo del creciente volumen de su generación, sino de su tratamiento, que todavía hoy es insatisfactorio. El 90% de estos residuos van a vertedero y sólo un 5% se recicla. Por ello, el Ministerio de Medio Ambiente ha iniciado la tramitación de este Real Decreto para garantizar la mejor gestión ambiental de los RCD, adelantándonos así a la normativa europea. El objetivo ha sido buscar el mayor consenso entre el sector de la construcción, CCAA y Ayuntamientos.


Entre las obligaciones que establece el RD al productor (titular de la licencia) destaca la inclusión en el proyecto de obra de un estudio de gestión de RCD, que deberá incluir una estimación de las cantidades generadas, medidas de prevención a adoptar, el destino previsto para los residuos que se produzcan, así como una valoración del coste previsto para su gestión, coste que formará parte del presupuesto del proyecto.


También se fijan obligaciones al contratista (el que ejecuta la obra) quien deberá establecer la clasificación de los residuos, elaborar un plan de ejecución y asumir los costes. Además, se crea un régimen de control que va unido a las autorizaciones municipales y se faculta a las CCAA, dentro de sus competencias legislativas, para que puedan imponer una fianza – instrumento innovador que ya se estableció con el RD de Neumáticos Fuera de Uso – para poder garantizar que la gestión de los RCD durante la ejecución de una obra se hace de acuerdo a este RD y las mejores prácticas ambientales.


También se propondrá en el debate la necesidad de establecer la obligación de selección en origen de los RCD, cuestión que deberá habilitarse mediante modificación expresa y puntual de la Ley 10/98 de Residuos.


El RD establece asimismo las condiciones mínimas que deberán cumplir, con carácter general, los gestores de RCD, y, en particular, las actividades de valorización de RCD, fijando un objetivo de eficiencia. El texto normativo hace incidencia especial en que no se podrá depositar RCD en vertedero sin haber sido sometidos a operación de tratamiento previo, y en que se deberá establecer sistemas de tarifas que desincentiven el depósito en vertedero de residuos valorizables o de aquellos RCD que provengan de procesos de tratamiento previo consistentes en una mera clasificación.


El Ministerio de Medio Ambiente también está trabajando con el Ministerio de Fomento en la promoción de la utilización de los RCD como áridos en la obra pública con el fin de garantizar una salida comercial a este tipo de residuos. (Existe un proyecto con CEDEX para utilizar los RCD como base para hormigones armados reciclados).


Borrador de Proyecto de Real Decreto de recogida y Gestión Ambiental de Pilas y Acumuladores usados


El principal problema de las pilas y acumuladores usado es su eliminación. Si se acumulan en los vertederos, con el paso del tiempo, las pilas pierden la carcasa y se vierte su contenido, compuesto principalmente por metales pesados como el mercurio y el cadmio. Estos metales, infiltrados desde el vertedero, acabarán contaminando las aguas subterráneas y con ello se introducirán en las cadenas alimentarias naturales, de las que se nutre el hombre. Y si se incineran, las emanaciones resultantes darán lugar a elementos tóxicos volátiles.


En España, en 2004 se vendieron aproximadamente 400 millones de unidades de pilas y acumuladores, lo que supone alrededor de 15.000 toneladas. Los datos de recogida de las CCAA en 2004 es de tan sólo un 18%. La Directiva 2006/66/EC del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de septiembre de 2006, relativa a las pilas y acumuladores y a los residuos de pilas y acumuladores por la que se deroga la Directiva 91/157/CEE, establece, entre otras normas, la prohibición de comercializar pilas y acumuladores que contengan determinadas sustancias peligrosas, y asimismo el tratamiento, reciclado y eliminación de los residuos de pilas y acumuladores.


Con el objeto de poder incorporar al derecho interno esta Directiva, y a su vez desarrollar y aplicar las prescripciones establecidas en la legislación vigente sobre residuos, el Ministerio de Medio Ambiente está trabajando en disponer de un instrumento legal eficaz por el que se regule la recogida y gestión ambiental de las pilas y acumuladores usados en España, reduciendo así su peligrosidad y asegurando un mayor nivel de protección ambiental.


El borrador de Real Decreto satisface dicha necesidad, al establecer las normas en que se deben basar las mencionadas medidas y las obligaciones que deben de cumplir las Administraciones Públicas y los responsables de la puesta en el mercado de pilas y acumuladores, en relación a los sistemas integrados de gestión de este tipo de residuos, servicios de recogida, instalaciones de tratamiento y reciclaje, objetivos ecológicos, información y financiación, entre otros.


El Real Decreto tiene por objeto prevenir la generación de residuos de pilas y acumuladores, facilitar su recogida selectiva y su peligrosidad y evitar la eliminación de las pilas y acumuladores usados en el flujo de residuos urbanos no seleccionados.


El productor (incluyendo los importadores) estará obligado a hacerse cargo de la recogida y gestión de la misma cantidad y tipo de pilas y acumuladores usados que hay puestos en el mercado. Para hacer efectiva esta obligación, se podrá seguir alguna de las siguientes opciones: contribuir económicamente a los Sistemas Públicos de Gestión; establecer su propio Sistema de Gestión Individual; participando en un sistema integrado de gestión o establecer un sistema de depósito, devolución y retorno de las pilas y baterías usadas que haya puesto en el mercado.


Por primera vez se fijarán unos índices mínimos de recogida de residuos de pilas y acumuladores portátiles: el 25% para el 2012 y el 45% para el 2016. Para alcanzar dichos objetivos es fundamental la colaboración ciudadana. El RD propone ir más allá de la Directiva comunitaria al contemplar también unos índices mínimos de recogida para pilas y acumuladores de automoción, siendo de un 90% para el 2010 y el 95% para el 2012; y estableciendo para las industriales un objetivo de recogida para 2012 del 95%.


Otro elemento novedoso del RD es que los productores tienen que cubrir todos los costes de gestión incluyendo las campañas de información pública. Se espera que este RD esté aprobado durante los primeros meses del año que viene.


Plan Nacional de Contaminantes Orgánicos Persistentes


Los Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs) son compuestos químicos resistentes a la degradación, altamente tóxicos, se bioacumulan en tejidos de seres vivos y pueden ser transportados a grandes distancias de su lugar de origen, suponiendo, por ello, un grave riesgo para la salud humana y el medio ambiente de todo el planeta.


El borrador del Plan Nacional de Contaminantes Orgánicos Persistentes (PNCOP) es resultado de la ratificación por parte de España del Convenio de Estocolmo en mayo de 2004 y del Reglamento 850/2004 de la UE. Ambas normativas internacionales prescriben la obligación de elaborar un Plan Nacional de Aplicación (PNA), para dar cumplimiento a todas las disposiciones contenidas en estos dos instrumentos jurídicos reguladores de los Contaminantes Orgánicos Persistentes.


El Ministerio de Medio Ambiente, para asegurar la participación y la corresponsabilidad de todos los actores en el Plan, en todas las fases desde su diseño a su ejecución, constituyó el Grupo Nacional de Coordinación sobre COPs después de 18 reuniones con los interesados. El Grupo Nacional de Coordinación está constituido por alrededor de 200 expertos de diferentes sectores de la industria, organizaciones no gubernamentales medioambientales, sindicatos, asociaciones de consumidores y comunidad científica, Comunidades Autónomas y Administración General del Estado. El Plan que se presenta hoy en la Conferencia Sectorial fue aprobado unánimemente por este grupo de coordinación el pasado julio.


Se ha elaborado la parte general del Plan por un lado, y por otro, cada Grupo de Trabajo ha preparando su capítulo específico en el que, en síntesis, se refleja el diagnóstico de la situación en España, identificando y planteando a continuación qué medidas son necesarias para cumplir con los objetivos del Convenio y el Reglamento en cada uno de los temas abordados por los distintos grupos; en qué lugares es posible la sustitución, la mejores técnicas disponibles y mejores prácticas ambientales, sistemas de vigilancia y políticas de información y sensibilización. También se ha fijado un marco de actuaciones con metas preestablecidas (como alcanzar el mayor grado de conocimiento de todos los COPs que hay en España, el emplazamiento de las instalaciones, etc.).


Como elemento novedoso, se propone con este Plan la creación de un Centro Nacional de Referencia sobre los COPs, el cual se integraría dentro del proyecto del Gobierno de creación de la Oficina Española de la Sostenibilidad Química. El Ministerio de Medio Ambiente ya está trabajando con otros ministerios en el desarrollo de esta futura Oficina, para la que ha dispuesto en sus presupuestos un millón de euros para el 2006, y lo mismo para el 2007. Se prevé que el Plan Nacional de Aplicación esté ultimado para finales de este año.

 
 
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