Abierta la convocatoria de Ayudas para la Rehabilitación Edificatoria y la implantación del IEE en Valencia

La solicitud de ayudas se inicia el lunes, 29 de mayo, y finalizará el día 10 de julio de 2017, inclusive. 

La Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio ha publicado en el Diario Oficial de la Generalitat (DOGV) las convocatorias para solicitar las ayudas para el Fomento de la Rehabilitación Edificatoria, así como las ayudas de Apoyo a la Implantación del Informe de Evaluación de Edificios, IEE, dentro del Plan Estatal de Vivienda. El plazo para la presentación de la solicitud de ambas líneas de ayudas se inicia el lunes, 29 de mayo, y finalizará el día 10 de julio de 2017, inclusive. El procedimiento de tramitación será telemático.

La solicitud de ayudas se inicia el lunes, 29 de mayo, y finalizará el día 10 de julio de 2017, inclusive.

Estas ayudas pueden ser solicitadas por las comunidades de propietarios, las agrupaciones de comunidad de propietarios o los propietarios únicos de edificios de viviendas. En obras de conservación, tendrán preferencia las obras en edificios en los que al menos el 60% de los propietarios tenga ingresos ponderados inferiores a 6,5 veces el IPREM. También tendrán la consideración de beneficiarios las administraciones públicas y demás entidades de derecho público que sean propietarias de inmuebles destinado a alquiler de viviendas.

Pueden optar a las ayudas los edificios de residencia colectiva, construidos antes de 1981, con al menos el 70% de su superficie sea usada como vivienda y que sea el domicilio habitual de sus propietarios o usuarios. Excepcionalmente, se admitirán edificios que, sin cumplir estas condiciones, sean de viviendas no ubicados en zonas de playa o de segunda residencia, con graves daños estructurales o de otro tipo identificados en el IEE como de daño alto y de intervención urgente. También, cuando se trate de edificios finalizados antes del 2000 y que vayan a ser destinados íntegramente al alquiler, durante al menos diez años a contar desde la recepción de la ayuda.

Calidad y sostenibilidad

Se considerarán actuaciones subvencionables de conservación, las obras para subsanar las deficiencias detectadas por el IEE sobre cimentación, estructura, instalaciones, cubiertas, azoteas, fachadas y medianerías u otros elementos comunes. También las que se realicen en las instalaciones comunes de electricidad, fontanería, gas, saneamiento, recogida y separación de residuos y telecomunicaciones, con el fin de adaptarlas a la normativa vigente.

Asimismo, se podrá subvencionar la mejora de la envolvente térmica del edificio para reducir su demanda energética, la instalación de calefacción, refrigeración, producción de agua caliente y ventilación para el acondicionamiento térmico, o el incremento de la eficiencia energética de los ya existentes. Igualmente la instalación de equipos de energías renovables, la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones comunes y de las instalaciones que favorezcan el ahorro de agua.

 
 
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