El Parlamento Europeo adopta su posición sobre la ley de restauración de la naturaleza

Ley de restauración de la naturaleza

Los eurodiputados han adoptado su posición sobre la ley de restauración de la naturaleza de la Unión Europea. Esta legislación es clave para combatir el cambio climático y la pérdida de biodiversidad, además de reducir los riesgos para la seguridad alimentaria. Según el Parlamento Europeo, la Unión Europea debe contar con medidas de restauración de la naturaleza en vigor para 2030 que cubran al menos el 20% de sus áreas terrestres y marítimas.

La Unión Europea debe contar con medidas de restauración de la naturaleza en vigor para 2030 que cubran al menos el 20% de sus áreas terrestres y marítimas, según el Parlamento Europeo.

El pasado 22 de junio de 2022, la Comisión Europea propuso un Reglamento sobre restauración de la naturaleza para contribuir a la recuperación a largo plazo de la naturaleza dañada en todas las zonas terrestres y marinas de la UE y alcanzar los objetivos climáticos y de biodiversidad de la UE.

Esta legislación responde a las expectativas de los ciudadanos en relación con la protección y la restauración de la biodiversidad, el paisaje y los océanos.

Medidas de restauración para 2030

El Parlamento Europeo destaca que el proyecto de ley no impone la creación de nuevas áreas protegidas en la Unión Europea ni bloquea la nueva infraestructura de energías renovables, ya que han añadido un nuevo artículo que subraya que estas instalaciones son de interés público.

Asimismo, los eurodiputados recalcan que la nueva ley debe contribuir a alcanzar los compromisos internacionales de la UE, en particular el marco mundial de biodiversidad de Kunming-Montreal de la ONU. Además, apoyan la propuesta de la Comisión Europea de poner en marcha medidas de restauración para 2030 que cubran al menos el 20% de todas las áreas terrestres y marítimas de la UE.

El Parlamento Europeo señala que la ley solo deberá aplicarse una vez que la Comisión Europea haya aportado datos sobre las condiciones necesarias para garantizar a largo plazo la seguridad alimentaria y cuando los Estados miembros hayan cuantificado el área que necesita ser recuperada para alcanzar los objetivos de restauración para cada tipo de hábitat. La Cámara también plantea la posibilidad de posponer los objetivos en caso de consecuencias socioeconómicas excepcionales.

En el plazo de doce meses desde la entrada en vigor del Reglamento, la Comisión Europea tendrá que evaluar si hay algún desfase entre las necesidades financieras de restauración y los fondos de la UE disponibles y buscar soluciones para colmar dicha brecha, en particular a través de un instrumento comunitario específico.

 
 
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