Ya está operativa la tramitación telemática de los certificados de eficiencia energética en Baleares.

La Dirección General de Industria y Energía del gobierno Balear ha puesto en marcha la tramitación telemática de los certificados de eficiencia energética de los edificios, de manera que la presentación de toda la documentación requerida y la inscripción en el Registro se hace ya a través del portal del Gobierno Balear, gracias al programa informático diseñado para facilitar a los ciudadanos el cumplimiento de la normativa estatal.

Hasta ahora, la tramitación de los certificados de eficiencia energética de los edificios se hacía de manera presencial e inmediata, de manera que los ciudadanos obtenían el justificante de inscripción al Registro en el momento en que presentaban toda la documentación requerida. Con la tramitación telemática, la Dirección General de Industria y Energía, ha dado un paso más para dar mayores facilidades a los ciudadanos y agilizar la tramitación administrativa de un procedimiento que hasta día de hoy ha recibido más de 10.500 solicitudes.

El director general de Industria y Energía, Jaume Ochogavía, ha resaltado "hemos dado un paso más para facilitar la tramitación de los certificados, implementando un procedimiento telemático. Sin desplazarse, el ciudadano o el técnico competente en la materia, pueden hacer la tramitación desde su casa. A día de hoy son más de 10.000 los certificados tramitados. Con este paso ya damos el salto definitivo con el fin de alcanzar el grado de agilidad administrativa para facilitar las tramitaciones que tienen que hacer los ciudadanos ante el Gobierno de las Islas Baleares".

Desde el mes de junio, la Dirección General de Industria y Energía ha registrado 10.500 certificados de eficiencia energética, de ellos 7.486 se hicieron con el trámite no inmediato, 2.899 con el trámite inmediato, y 115 se han hecho ya mediante el trámite telemático.

Desde la entrada en vigor de la normativa estatal, el 3 de junio de 2013, se obliga a los propietarios de todas aquellas viviendas de nueva construcción, de aquellas que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario, y a los edificios o partes de edificios existentes en los cuales una entidad pública ocupe una superficie útil total superior a 250 m2 y que sean frecuentados habitualmente por el público, a tener un certificado de eficiencia energética.

Sobre estos certificados la Dirección General de Industria y Energía realiza los controles e inspecciones correspondientes con el fin de verificar tanto los datos del edificio utilizados por la expedición del certificado, como su correcta aplicación en el procedimiento del cálculo utilizado.

En la página web se puede descargar la solicitud de tramitación, que los propietarios tendrán que presentar junto con la copia del certificado que les facilite al técnico que inspeccione la vivienda y la declaración de datos del certificado, que también tiene que rellenar el técnico. Y también se puede hacer la tramitación telemática.

 
 
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