La Comunidad de Madrid amplía en 50 millones las ayudas para la rehabilitación energética de edificios

La Comunidad de Madrid convoca 50 millones de euros adicionales en ayudas a la rehabilitación energética de edificios con fondos europeos

El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) ha publicado el extracto de la Orden por la que se amplía en 50 millones de euros el crédito inicialmente previsto para la concesión de subvenciones del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio (programa 3). Además, se extiende el plazo de presentación de solicitudes hasta el 30 de septiembre de 2023.

El BOCM ha publicado el extracto de la Orden por la que se amplía el crédito para la concesión de subvenciones del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio.

La Orden 1392/2023, de 10 de mayo, publicada en el BOCM amplía la cantidad disponible a partir de los fondos europeos Next Generation para llevar a cabo actuaciones para la mejora energética de los edificios. Con esta ampliación, el programa 3 pasa a disponer de 94 millones de euros.

Actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio

El programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de edificio se refiere expresamente al acondicionamiento de edificios residenciales e inmuebles unifamiliares, cuyos importes van del 40% al 80% de los costes de la actuación, con un tope máximo de 18.800 euros, dependiendo del ahorro energético obtenido. Esta ayuda se incrementará si se procede a la retirada de elementos con amianto, hasta un máximo de 1.000 euros por vivienda o 12.000 por edificio.

Se podrá intervenir sobre la fachada, la cubierta o las instalaciones, y para obtener la subvención se deberá rebajar el consumo de energía contaminante, referida a la certificación energética, así como la demanda de energía global anual de calefacción y refrigeración.

Si se comprueban situaciones de vulnerabilidad económica de alguno de los propietarios del bloque, se podrá conceder un crédito adicional que puede alcanzar hasta el 100% del coste de la acción imputable a su piso. Además, habrá excepciones para construcciones históricas o protegidas.

 
 
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