Nueva normativa para calcular el potencial de calentamiento global de los edificios nuevos en la UE

La Comisión Europea ha publicado un reglamento delegado que establece un enfoque común para el cálculo del potencial de calentamiento global (PCG) a lo largo del ciclo de vida de los nuevos edificios. La medida se enmarca en la Directiva sobre la Eficiencia Energética de los Edificios (EPBD) y tiene como objetivo garantizar que los Estados miembros de la Unión Europea adopten una metodología comparable para evaluar las emisiones de gases de efecto invernadero asociadas a los edificios.

El cálculo del potencial de calentamiento global considerará todas las fases del ciclo de vida de un edificio.

El cálculo del potencial de calentamiento global abarcará todas las etapas del ciclo de vida del edificio, incluyendo la producción y transporte de los productos de construcción, las actividades durante la obra, el uso energético del edificio, la sustitución de materiales, así como la demolición, el transporte y la gestión de residuos, incluyendo su reutilización, reciclaje y eliminación final.

Uso de materiales de construcción de bajas emisiones de carbono

De acuerdo con la EPBD, a partir de 2028, el potencial de calentamiento global del ciclo de vida deberá calcularse y reflejarse en los certificados de eficiencia energética de todos los edificios nuevos con una superficie construida superior a 1.000 m². Esta obligación se extenderá a todos los edificios nuevos a partir de 2030. La medida pretende incentivar el uso de materiales de construcción de bajas emisiones de carbono, como acero y cemento sostenibles, promover técnicas de almacenamiento de carbono, como la construcción en madera, y fomentar la reutilización y el reciclaje de materiales.

El nuevo reglamento proporciona un marco común para el cálculo de las emisiones de gases de efecto invernadero, garantizando la comparabilidad y coherencia entre los países de la UE, al tiempo que ofrece flexibilidad suficiente para adaptarse a las particularidades nacionales. Los cálculos se basarán en valores predeterminados definidos por los Estados miembros y en los datos disponibles proporcionados por los fabricantes, de acuerdo con el Reglamento de Productos de Construcción y la legislación sobre Diseño Ecológico y Etiquetado Energético.

El reglamento delegado se somete ahora a un período de revisión de dos meses por parte del Consejo y del Parlamento Europeo, prorrogable por otros dos meses, durante el cual podrán presentarse objeciones, antes de su entrada en vigor.

 
 
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