La Comisión Europea ha publicado un reglamento delegado que establece un enfoque común para el cálculo del potencial de calentamiento global (PCG) a lo largo del ciclo de vida de los nuevos edificios. La medida se enmarca en la Directiva sobre la Eficiencia Energética de los Edificios (EPBD) y tiene como objetivo garantizar que los Estados miembros de la Unión Europea adopten una metodología comparable para evaluar las emisiones de gases de efecto invernadero asociadas a los edificios.
El cálculo del potencial de calentamiento global abarcará todas las etapas del ciclo de vida del edificio, incluyendo la producción y transporte de los productos de construcción, las actividades durante la obra, el uso energético del edificio, la sustitución de materiales, así como la demolición, el transporte y la gestión de residuos, incluyendo su reutilización, reciclaje y eliminación final.
Uso de materiales de construcción de bajas emisiones de carbono
De acuerdo con la EPBD, a partir de 2028, el potencial de calentamiento global del ciclo de vida deberá calcularse y reflejarse en los certificados de eficiencia energética de todos los edificios nuevos con una superficie construida superior a 1.000 m². Esta obligación se extenderá a todos los edificios nuevos a partir de 2030. La medida pretende incentivar el uso de materiales de construcción de bajas emisiones de carbono, como acero y cemento sostenibles, promover técnicas de almacenamiento de carbono, como la construcción en madera, y fomentar la reutilización y el reciclaje de materiales.
El nuevo reglamento proporciona un marco común para el cálculo de las emisiones de gases de efecto invernadero, garantizando la comparabilidad y coherencia entre los países de la UE, al tiempo que ofrece flexibilidad suficiente para adaptarse a las particularidades nacionales. Los cálculos se basarán en valores predeterminados definidos por los Estados miembros y en los datos disponibles proporcionados por los fabricantes, de acuerdo con el Reglamento de Productos de Construcción y la legislación sobre Diseño Ecológico y Etiquetado Energético.
El reglamento delegado se somete ahora a un período de revisión de dos meses por parte del Consejo y del Parlamento Europeo, prorrogable por otros dos meses, durante el cual podrán presentarse objeciones, antes de su entrada en vigor.
