Convocatoria de ayudas para la mejora energética de viviendas y edificios públicos en Andalucía

La Agencia Andaluza de la Energía ha convocado ayudas por 20,77 millones de euros para actuaciones de eficiencia energética e incorporación de energías renovables en viviendas, edificios residenciales privados y edificios públicos no residenciales. La línea, cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), forma parte del programa ‘Sector residencial y edificios e instalaciones públicas’, integrado en la ‘Orden de Incentivos para el uso eficiente de la energía’ (INEA).

Entre otras actuaciones, se incluye la mejora de la envolvente térmica y la renovación de instalaciones de climatización, agua caliente sanitaria e iluminación.

El plazo de solicitud comenzará el 22 de octubre y podrán concurrir ciudadanos, ayuntamientos, comunidades de energías renovables, comunidades ciudadanas de energía, comunidades de propietarios, autónomos, empresas y empresas de servicios energéticos. Los incentivos se sitúan entre el 25% y el 80%, según el tipo de actuación y de beneficiario.

Requisitos de eficiencia y renovables

En viviendas y edificios residenciales privados, como residencias de estudiantes o de personas mayores, las ayudas cubrirán mejoras de la envolvente térmica y la renovación de instalaciones de climatización, agua caliente sanitaria o iluminación. Las actuaciones deberán elevar la calificación energética del edificio al menos una letra y reducir el consumo de energía primaria no renovable y las emisiones de CO2; en el caso de las empresas, la reducción exigida será del 20%.

Para los ciudadanos, la ayuda cubrirá el 50% de la inversión y podrá alcanzar el 65% si se cumplen determinados requisitos de intensificación, como la incorporación de energías renovables o la ejecución a través de una empresa de servicios energéticos. En el caso de autónomos, micropymes y pequeñas empresas, el porcentaje será del 45%; para medianas empresas, del 35%, y para grandes empresas, del 25%, con la posibilidad de sumar hasta 15 puntos porcentuales adicionales.

Los edificios públicos no residenciales que no estén situados en espacios productivos también podrán acceder a incentivos para actuar sobre la envolvente térmica y las instalaciones de climatización, agua caliente sanitaria e iluminación. En estos casos, la ayuda será del 70%, o del 30% cuando la entidad local desarrolle una actividad económica, como un centro deportivo municipal con cuotas de abonados. El porcentaje podrá aumentar un 10% adicional si el proyecto incorpora energías renovables, entre otros requisitos.

La convocatoria permite integrar energía solar térmica y fotovoltaica, biomasa o aerotermia tanto en edificios residenciales privados como en edificios públicos no residenciales. La inclusión de estos equipos o instalaciones renovables no podrá superar el 50% de la inversión total de la actuación subvencionada.

Solicitud, anticipos y cuantías mínimas

Las viviendas y edificios residenciales privados también podrán solicitar ayudas para adquirir nuevos equipos de tecnología solar, que deberán incluir almacenamiento. El incentivo será del 55% para particulares, autónomos, micropymes y pequeñas empresas, del 45% para medianas empresas y del 35% para grandes empresas. Estos porcentajes podrán incrementarse hasta en un 10% si el solicitante es una comunidad de energías renovables, una comunidad ciudadana de energía o una instalación de autoconsumo colectivo, si se recurre a una empresa de servicios energéticos o si la actuación se realiza en un municipio de reto demográfico.

Los ciudadanos y las entidades públicas que no ejerzan actividad económica podrán pedir ayudas para actuaciones ya iniciadas, siempre que el comienzo no sea anterior al 1 de mayo de 2025. Para el resto de beneficiarios, no podrá haberse realizado ningún gasto ni asumido compromiso alguno antes de presentar la solicitud.

La gestión se realizará en régimen de concurrencia no competitiva y las solicitudes deberán tramitarse de forma telemática a través de este enlace. El plazo permanecerá abierto hasta el 30 de septiembre de 2027 o hasta que se agoten los fondos disponibles.

El incentivo mínimo será de 6.000 euros para la incorporación de energía solar en viviendas y edificios residenciales privados, mientras que en el resto de actuaciones la cuantía mínima a solicitar será de 10.000 euros. Los beneficiarios con incentivos superiores a 15.000 euros podrán pedir un anticipo del 15% tras la concesión sin aportar garantía, o del 40% si presentan garantía de un banco, una Sociedad de Garantía Recíproca u otra entidad financiera establecida en España, o si cuentan con una línea de crédito ofrecida como garantía por un organismo público o por el Estado español.

Para incentivos superiores a 15.000 euros también se prevé la posibilidad de recibir un pago parcial de hasta el 50% del incentivo concedido, previa justificación documental vinculada al 50% de la inversión elegible.

 
 
Patrocinio Oro
Patrocinio Plata
Patrocinio Bronce
Salir de la versión móvil