La Comisión Europea estudia incluir las calderas de vapor y las ventanas, entre otros productos, en la normativa de Ecodiseño.

De acuerdo con un informe técnico publicado por la Comisión Europea los sectores de ventanas, calderas de vapor, cables de alimentación, medidores inteligentes y servidores informáticos son considerados como prioritarios para establecer las próximas regulaciones legislativas sobre ecodiseño en Europa. Esta propuesta ha sido debatida el pasado 20 de enero. La Comisión dará a conocer el listado definitivo de productos incluidos en la normativa de Ecodiseño en la próxima primavera.

La Comisión Europea trabaja en estos momentos evaluando el potencial de la aplicación de la normativa de Ecodiseño en nueve grupos de productos nuevos. De estos nueve grupos, cinco han sido señalados como prioritarios: ventanas, calderas, cables de alimentación, servidores y medidores de aparatos.

El ahorro potencial de energía que se espera aplicando el ecodiseño a dichos productos correspondería en 2030 a: la construcción de ventanas (785 PJ/año), calderas de vapor de menos de 50 megavatios (177 PJ/año), los cables de alimentación (182 PJ/año), los servidores y el almacenamiento equipo (135 PJ/año), y los medidores inteligentes y aparatos (802 PJ / año).

Las otras cuatro categorías de productos que podrían ser consideradas en los próximos tres años son: bombas de desplazamiento positivo (270 PJ / año), los motores fraccionarios caballos de fuerza (258 PJ / año), controles de iluminación (610 PJ / año) y los controles de la calefacción (319 PJ / año).

La propuesta de incorporación de estos nuevos grupos de productos al reglamento comunitario que regula los requisitos obligatorios de ecodiseño que deben cumplir los mismos, ha sido debatida en una reunión interna de la Comisión Europea celebrada en Bruselas el pasado 20 de enero.

El ejecutivo comunitario espera tener aprobado el plan de acción definitivo a mediados de abril.

Cumplimiento de los requisitos de ecodiseño

El proceso de adopción de un Reglamento Comunitario, desde el inicio de su estudio preparatorio hasta su adopción, puede durar entre 2-4 años. Una vez que un Reglamento de la CE entra en vigor, el plazo para que el producto cumpla los requisitos suele ser corto, normalmente de un año.

El seguimiento temprano de los avances legislativos y la preparación o anticipación a los requerimientos a cumplir son actuaciones altamente recomendables para las empresas afectadas, ya que una vez adoptado un Reglamento el margen de maniobra es muy escaso.

Los Reglamentos CE son de obligado cumplimiento para los fabricantes o importadores que quieran poner su producto en el mercado de la Unión Europea. Afectan de un modo indirecto a los proveedores o fabricantes de partes y componentes del sector, bien sea colaborando con sus clientes en la consecución de los requisitos o bien reportando a sus clientes la información requerida en el propio Reglamento.

 
 
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