Madrid pide deducciones para las Ayudas de Rehabilitación en Viviendas

El Pleno del Ayuntamiento de Madrid ha aprobado una petición formal al Ministerio de Hacienda y Función Pública, para que tengan el mismo tratamiento de exención fiscal las ayudas municipales por obras de rehabilitación en la vivienda habitual (Plan MAD-RE) que las ayudas derivadas del Plan Estatal de Vivienda.

Las subvenciones estatales en esta materia están reguladas por el artículo 41 del RD 439/2007, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que establece que podrán gozar de exención las ganancias patrimoniales correspondientes a las actuaciones subvencionadas en materia de rehabilitación de viviendas en los términos previstos en el RD 233/2013, por el que se regula el Plan Estatal de Rehabilitación 2013-2016.

A día de hoy, los madrileños deben declarar en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) como ganancia patrimonial, las ayudas por rehabilitación de vivienda habitual, incluso aunque sean obras de accesibilidad para mejorar la movilidad de personas mayores de 65 años o con discapacidad. Lo que el Ayuntamiento de Madrid plantea en su petición formal ante Hacienda es que en ese Artículo 41, se añadan también la exención de otras ayudas, ya sean autonómicas o municipales.

Otra posibilidad que plantea el Ayuntamiento, si no fuese posible la exención fiscal en las ayudas municipales, sería que se incorporarse en el IRPF la deducción fiscal por obras de rehabilitación de la vivienda habitual cuando se cumplan determinados requisitos. Esta deducción se suprimió a nivel estatal desde el 1 de enero de 2013.

El plan MAD-RE y la casilla 266

Hoy día, cuando el contribuyente hace su declaración del IRPF, debe buscar, si es el caso, la casilla 266, que sirve para declarar las subvenciones recibidas por conceptos como, por ejemplo, “Rehabilitación de vivienda habitual”.

Es decir, cuando se conceden ayudas a una comunidad de propietarios, los vecinos tienen que saber que esta ayuda supone una ganancia patrimonial que tiene que declarar en su IRPF como parte de la base imponible general. Quiere esto decir que una administración pública concede ayudas a sus vecinos y el Estado se lleva una parte de la misma.

 
 
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