La Comunidad de Madrid publica el listado provisional de excluidos para las Ayudas a la Rehabilitación de 2017

Dotadas de 14,1 millones de euros, podrán beneficiar a más de 7.000 viviendas. 

La Comunidad de Madrid ha publicado el miércoles, 13 de septiembre, el listado de excluidos provisionales a las ayudas para la rehabilitación edificatoria de edificios de 2017, para que puedan proceder a la subsanación de errores y a la aportación de la documentación necesaria.

Dotadas de 14,1 millones de euros, podrán beneficiar a más de 7.000 viviendas.

Las ayudas están enmarcadas dentro del Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria y la Regeneración y Renovación Urbana 2013-2016, prorrogado en su ejercicio de 2017.

El objetivo es mejorar las condiciones de conservación, sostenibilidad y accesibilidad de los edificios de la región. Al igual que ocurriera en 2016, la dotación económica se mantiene para este año en la misma cuantía: 14,1 millones de euros.

Gracias a esta medida en 2016 fueron 389 comunidades de propietarios y más de 7.000 viviendas las beneficiarias de las ayudas otorgadas por la Comunidad de Madrid.

Los solicitantes incluidos en el listado provisional de excluidos tienen un plazo máximo de diez días hábiles para formular alegaciones, subsanar la solicitud y/o aportar la documentación necesaria. El plazo finaliza el próximo 27 de septiembre.

El procedimiento de concesión de las ayudas es el de concurrencia competitiva hasta agotar la dotación presupuestaria. El porcentaje de las ayudas puede variar en función del tipo de obra a realizar y se sitúa entre el 35 y el 50 por ciento del coste de ejecución de la actuación.

Listados provisionales de excluidos

Los solicitantes incluidos en el listado provisional de excluidos dispondrán de un plazo máximo de diez días hábiles, hasta el 27 de septiembre incluido, para formular alegaciones, subsanar la solicitud y/o aportar la documentación preceptiva.

Cualquier extremo que se desee acreditar mediante documentación aportada en esta fase de subsanación, en caso de que esta deba ser expedida por otras entidades u organismos, deberá haber sido solicitada por el interesado o interesados con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de las solicitudes de subvención (el 20 de junio de 2017).

 
 
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