La Ley de Movilidad Sostenible inicia la tramitación parlamentaria para su entrada en vigor en 2023

El Gobierno valida el Proyecto de Ley de Movilidad Sostenible y la remite a las Cortes para su aprobación en 2023

El Consejo de Ministros ha validado el proyecto de Ley de Movilidad Sostenible, cumpliendo así con uno de los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) acordado con la Comisión Europea. Tras el visto bueno en segunda lectura, el texto inicia la tramitación parlamentaria para su aprobación y entrada en vigor a lo largo del año 2023, lo que permitirá promover la descarbonización y digitalización del transporte, contribuyendo a lucha contra el cambio climático y la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero.

La norma promueve una movilidad limpia y saludable entendida como un derecho social, que apuesta por un sistema de transporte digital e innovador.

La norma regulará soluciones innovadoras como el transporte a la demanda, los coches compartidos, el uso temporal de vehículos o la regulación básica del vehículo autónomo, y fomentará la digitalización y la promoción de datos abiertos tanto de administraciones, como de gestores de infraestructura, operadores públicos y privados.

La futura ley constituirá el marco normativo que permitirá a las políticas públicas de transporte y movilidad de las distintas administraciones responder mejor a las necesidades de los ciudadanos y a los retos del siglo XXI: la sostenibilidad, la digitalización y la cohesión social y territorial.

Pilares de la Ley de Movilidad Sostenible

En primer lugar, la ley reconocerá la movilidad como un derecho de toda la ciudadanía y un elemento de cohesión social. La movilidad deberá ser accesible e inclusiva y ofrecer soluciones para todas las personas de tal manera que las administraciones deberán trabajar de forma coordinada para garantizar este derecho.

En segundo lugar, la ley avanzará en la descarbonización del sector para cumplir con los compromisos internacionales y buscará dar una nueva visión a las ciudades que priorice la movilidad activa (caminar, ir en bici) por ser la opción más saludable y exenta de emisiones, y al transporte público colectivo de manera que sea una solución accesible y asequible para todas las personas. Además, facilitará la provisión de soluciones de movilidad flexibles, desde servicios de transporte tradicionales hasta nuevos servicios de movilidad, como transporte público a la demanda, sistemas privados de movilidad colaborativa o de movilidad compartida. Además, pretende reforzar el papel de las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) reguladas en la Ley de Cambio Climático y Transición Energética.

En tercer lugar, la ley incluye la creación del Espacio Integrado de Datos de Movilidad (EDIM) donde empresas de transporte, gestores de infraestructura y administraciones compartirán sus datos, lo que permitirá optimizar la toma de decisiones de todos los actores a la hora de planificar tanto la ejecución de nuevas infraestructuras, como la puesta en marcha de nuevos servicios, con el fin de adaptarse a las necesidades reales de los ciudadanos.

Por último, el cuarto pilar del anteproyecto de Ley apuesta por mejorar la calidad de las decisiones de inversión y gasto en transporte y movilidad, así como por incluir nuevas herramientas que permitan una mayor participación pública y transparencia en el proceso.

Sistema Nacional de Movilidad Sostenible

Para lograr todos estos objetivos y constituir una política de transportes y movilidad que ponga al ciudadano en el centro de la toma de decisiones, se hace imprescindible la cooperación entre las tres administraciones: Estado, comunidades autónomas y ayuntamientos.

Para ello, la Ley crea el Sistema Nacional de Movilidad Sostenible que facilitará esta coordinación. Este sistema consta de varios instrumentos: un foro de cooperación entre todas las administraciones, el Foro Administrativo de Movilidad Sostenible; un órgano consultivo para facilitar la cooperación de éstas con el sector y los usuarios; un instrumento digital para garantizar la disponibilidad de datos relativos a la movilidad (EDIM); y un documento a modo de marco de orientaciones para la planificación de una movilidad sostenible que se coordinará con todas las administraciones (DOMOS).

Otras reformas introducidas por la nueva Ley

La nueva Ley garantiza la contribución financiera del Estado para la movilidad sostenible en el ámbito urbano y metropolitano mediante un sistema homogéneo para todas las ciudades y predecible en el tiempo. Además, establece la obligación de que las Administraciones velen por incentivar y promover las soluciones de movilidad más sostenibles, priorizando la movilidad activa y el transporte público colectivo.

Por otro lado, se introduce la obligación de que las empresas con más de 500 trabajadores por centro, o 250 por turno, dispongan de planes de movilidad sostenible al trabajo, una herramienta imprescindible para descarbonizar el transporte en los trayectos de ida y vuelta al trabajo. Las empresas pueden optar por distintas alternativas como potenciar la movilidad activa, la eléctrica, la compartida o el transporte colectivo o bien apostar por flexibilizar los horarios de entrada y salida y el teletrabajo.

Las empresas del sector del transporte deberán calcular su huella de carbono y comunicarla a los usuarios finales, así como impulsar sistemas de gestión ambiental y de la energía. Además, se promueve habilitar caminos y entornos escolares seguros, saludables y sostenibles, que permitan a niños ir al colegio de forma activa y autónoma.

A nivel estatal se elaborará un Instrumento de Planificación Estratégica Estatal en Movilidad (IPEEM), y para los municipios de entre 20.000 y 50.000 habitantes se establecen los Planes de Movilidad Urbana Sostenible Simplificados. También se establece que los planes de movilidad urbana sostenible deben contener medidas de ordenación de la distribución urbana de mercancías cooperando con otros municipios colindantes para el establecimiento de criterios homogéneos, medida largamente demandada por el sector para facilitar el transporte y la logística de última milla entre núcleos urbanos colindantes.

En la vertiente social, la ley fomenta la realización de campañas de concienciación y sensibilización para toda la ciudadanía en materia de movilidad sostenible y segura, y prevé la introducción de formación en este ámbito.

En cuanto a la digitalización, la ley profundiza en obligaciones ya existentes en la normativa europea de que los proveedores de servicios de transporte de viajeros, así como los gestores de infraestructuras, faciliten la información de los servicios al Punto de Acceso Nacional. Esta información facilita la creación de aplicaciones y otras soluciones de planificación de rutas y viajes, que hacen más sencillo el uso del transporte público y fomentan la intermodalidad. Por último, se mejorará la información pública disponible sobre la localización de los puntos de recarga eléctrica, así como las características del servicio que prestan.

 
 
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