Se aprueba la modificación de las normas urbanísticas de Madrid que impulsarán los edificios verdes

El Ayuntamiento de Madridaprueba la modificación de las normas urbanísticas

El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado el avance de la modificación de las normas urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de Madrid. Esta nueva guía, elaborada por el Área de Desarrollo Urbano, plantea mejoras en materia de sostenibilidad; se apuesta por novedades en lo residencial, dotacional y logístico; se permite la hibridación de usos para recuperar zonas de la ciudad que en la actualidad están obsoletas, se apuesta por edificios más verdes y confortables y se da una mayor seguridad jurídica en todos los ámbitos.

Entre las principales novedades de la modificación de las normas urbanísticas de Madrid destaca el ‘factor verde’. Se trata de un incentivo para aquellos que apuesten por edificios más verdes, eficientes y sostenibles.

Con esta modificación, se cambia el lenguaje complejo propio de la administración por uno comprensible y se unifican todos los criterios interpretativos publicados en dos décadas sobre los artículos del plan general.

Por otro lado, se adaptan los tiempos de la administración a los de la sociedad, eliminando trabas y trámites reiterativos como ocurre, por ejemplo, con los Planes Especiales de Control Urbanístico Ambiental (PECUAU) que incluyen las mismas comprobaciones que se hacen luego en el proceso de licencia. Por eso, se elimina esta exigencia de PECUAU sin rebajar los requisitos medioambientales ni los controles que ejercía, que seguirán haciéndose.

Edificios más verdes, eficientes y sostenibles

La normativa se actualiza para mejorar la ciudad y dotarla de proyectos respetuosos y viables. Así, se reescriben las reglas para facilitar la intensificación de usos que permita generar más vivienda en el centro de Madrid. Además, se impulsa la recuperación de patios de manzana con soluciones bioclimáticas.

Se atiende a las nuevas tendencias que demandan los ciudadanos, sobre todo en los últimos años, y se actualizan las condiciones de confort de las viviendas con medidas como que las terrazas y los cuartos de instalaciones en plantas de piso no computen a efectos de edificabilidad, potenciando los balcones y balconadas tanto en las construcciones nuevas como en las existentes. Tampoco computarán a efectos de edificabilidad los trasteros.

A partir de ahora se permitirán los miradores con persiana, que hasta ahora no se podían poner. Y al no contar en edificabilidad los cuartos de instalaciones, se liberan de las azoteas de los edificios, para que sean transitables y utilizables.

Entre las principales novedades destaca el ‘factor verde’, un incentivo para aquellos que apuesten por edificios más verdes, eficientes y sostenibles. Los elementos de producción de energía sostenible o los elementos constructivos de mejora de la eficiencia, así como los cuartos para guardar vehículos de movilidad sostenible como las bicicletas no computarán a efectos de edificabilidad o porque a mayor superficie ‘vegetal’ se aplicará un factor verde que permitirá optimizar el espacio libre de parcela.

Por otro lado, se incluye el cohousing (vivienda colaborativa) dentro del residencial, redefiniendo las condiciones de vivienda mínima, permitiendo una reducción a cambio de la creación de una misma superficie en zona común y se da entrada al coliving en edificio exclusivo, una nueva categoría en el uso de vivienda denominada ‘residencial compartida’.

Mejores dotaciones y movilidad sostenible

La prioridad del Ayuntamiento de Madrid es implantar aquellas dotaciones que necesitan los barrios. Para eso, se flexibilizan los usos y se simplifica la implantación de equipamientos dotacionales básicos y singulares de forma inmediata. De igual forma, se permite el destino transitorio de solares para que se puedan dedicar a zonas de esparcimiento y a la mejora del paisaje urbano hasta que se construya el dotacional previsto. Además, se posibilita construir viviendas tuteladas y viviendas de integración social en suelos dotacionales, dirigidas a colectivos con necesidades específicas.

La modificación de las normas urbanísticas integra el Plan Especial de Hospedaje, incluido sus anillos, por lo que las viviendas de uso turístico no experimentan cambio alguno y quedan sujetas a ese plan, actualmente en vigor y avalado por los tribunales, que exige acceso independiente, un aspecto que la Comunidad de Madrid, competente en esta materia, también pide mantener.

Otro aspecto importante es que se actualizan los aforos de los locales conforme al Código Técnico de la Edificación, una norma mucho más actual que el Plan General de Ordenación Urbana de Madrid de 1997, y se elimina la exigencia obligatoria de dotación de aparcamiento en aquellas zonas donde no se permite llegar coches, contribuyendo a potenciar otros modos de movilidad más sostenible.

En cuanto a las cocinas agrupadas, se prima su implantación en polígonos industriales y se limita su actividad en zonas residenciales, al igual que ocurre con el uso almacenaje con reparto a domicilio y la logística, marcando un criterio claro en cuanto a su posible impacto en el entorno. Así, se limita su implantación en ámbitos residenciales a locales de uso industrial con un máximo de 350 m2, con la obligación de que tengan en el interior del establecimiento las zonas de espera, carga y descarga y estancia de los transportistas.

El máximo de cocinas permitidas será de ocho. Además, se exigirá un estudio de movilidad para conocer el impacto que tendrá en la zona. Esta norma se aplicará también a la norma zonal 9 (zona industrial) que quede dentro de ámbitos residenciales.

 
 
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