El Gobierno prepara la Ley de Residuos y aprueba el RD que mejora la trazabilidad de su traslado

El Gobierno ha iniciado la tramitación del anteproyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados para impulsar la economía circular, mejorar la gestión de residuos en España y luchar contra la contaminación. A su vez, ha dado luz verde al Real Decreto que mejora la trazabilidad y el control de los traslados de residuos.

La Ley de Residuos y Suelos Contaminados se encuentra en fase de anteproyecto y consulta pública, y ha aprobado el RD que mejora la trazabilidad y el control en el traslado de residuos en España.

Junto a la Estrategia Española de Economía Circular (EEEC), ‘España Circular 2030‘, aprobada también esta semana, España cuenta ya con tres elementos clave del Marco de Economía Circular que el Gobierno quiere usar como palanca para la recuperación económica tras la crisis sanitaria del COVID-19.

Anteproyecto de Ley de Residuos

El anteproyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados revisa la actual normativa al respecto para cumplir con los nuevos objetivos establecidos en las directivas comunitarias del Paquete de Economía Circular, así como con los derivados de la directiva de plásticos de un solo uso. Tras esta primera aprobación por parte del Consejo de Ministros, el anteproyecto de Ley inicia el trámite de información pública.

El texto tiene como objetivo general establecer medidas para proteger el medio ambiente y la salud humana, mediante la prevención y reducción de la generación de residuos, y como objetivo específico prevenir y reducir el impacto de los residuos plásticos en el medio ambiente.

Por primera vez la legislación española recoge limitaciones a determinados plásticos de un solo uso, restringiendo la introducción en el mercado de alguno de ellos y estableciendo un impuesto para avanzar en la reducción de los envases de plástico no reutilizables, que recaerá sobre la fabricación, importación o adquisición intracomunitaria. Para estos productos se ha de conseguir en 2026 una reducción del 50% en su comercialización, con respecto a 2022; y en 2030, esa reducción debe ser del 70%, también con respecto a 2022. En cualquier caso, a partir del 1 de enero de 2023, queda prohibida su distribución gratuita.

El texto fija objetivos ambiciosos de preparación para la reutilización y reciclado de residuos municipales y también para la recogida separada de botellas de plástico a partir de 2025.

El texto da un papel protagonista a las medidas de prevención en la política de residuos. El calendario para reducir el peso de los residuos producidos, que se añade al vigente del 10% en 2020, es el siguiente: en 2025, un 13%, y en 2030, un 15%, en todos los casos respecto a los generados en 2010.

Para alargar la vida útil de los productos y combatir la obsolescencia programada, el texto recoge que habrá que fomentar el diseño, la fabricación y el uso de productos que sean eficientes en el uso de recursos, duraderos, reparables, reutilizables y actualizables; y la reutilización de los productos y la implantación de sistemas que promuevan actividades de reparación y reutilización y en particular para los aparatos eléctricos y electrónicos, textiles y muebles, envases y materiales y productos de construcción.

Preparación para la reutilización y reciclado

El texto marca los objetivos y medidas para fomentar la preparación para la reutilización y el reciclado fijándose un calendario de implantación para nuevas recogidas separadas: biorresiduos, cuyo calendario se adelanta a 31 de diciembre de 2021 para los municipios de más de 5.000 habitantes y a 31 de diciembre de 2023 para el resto; y textiles, aceites de cocina usados y residuos domésticos peligrosos, antes del 31 de diciembre de 2024.

Asimismo, fija objetivos más ambiciosos de preparación para la reutilización y reciclado de residuos municipales: en 2025, el 55% respecto de los residuos municipales generados; en 2030, el 60%, y en 2035, el 65%. Y regula la eliminación de los residuos, que deberá llevarse a cabo de manera segura, y en el caso del depósito en vertedero, tras haber sido sometidos los residuos a un tratamiento previo.

El anteproyecto de Ley determina cuándo un residuo puede ser empleado de nuevo y establece dos categorías: residuos que son un recurso para volver a fabricar el mismo producto, y residuos que se convierten en un subproducto.

El texto normativo refuerza el orden de prioridad en las opciones de gestión de residuos: prevención; preparación para la reutilización; reciclado; otro tipo de valorización, incluida la valorización energética, y, como última opción, la eliminación. Y lo hace instando a adoptar instrumentos económicos y otras medidas incentivadoras por parte de las administraciones.

Por otro lado, para asegurar la trazabilidad y aumentar la transparencia en la gestión de los residuos, se regula el Registro de producción y gestión de residuos que incorpora la información relativa a los productores y gestores de residuos. El texto propone además un régimen sancionador que incluye nuevas infracciones, como el abandono, el vertido y la gestión incontrolada de residuos peligrosos u otro tipo de residuos, así como la entrada y salida del país de residuos peligrosos sin los permisos exigidos.

Real decreto que mejora la trazabilidad de los traslados de residuos

Por otro lado, el Consejo de Ministros ha aprobado también el Real Decreto por el que se regula, clarifica e incrementa el control en el traslado de residuos en el interior del territorio español de residuos y suelos contaminados.

El objetivo es precisar algunos aspectos del procedimiento establecido en el Real Decreto 180/2015 y garantizar su coherencia con el reglamento comunitario. Esta nueva normativa mejora la trazabilidad de los traslados desde el lugar de origen del residuo hasta el destino final, asegurando un correcto tratamiento del mismo.

El RD establece un sistema electrónico común de información de residuos para facilitar el cumplimiento de los requisitos de documentación y armonizar la trazabilidad en toda España.

Se propone un sistema electrónico común de información que permite la armonización en todo el territorio del Estado, garantizando así la trazabilidad y el control para asegurar una correcta gestión de los residuos. Se clarifica el ámbito de aplicación, y se precisa quiénes pueden ser ‘operadores de traslados’, que por regla general será el productor de los residuos. Otra de las novedades de la normativa es la revisión del contenido del contrato de tratamiento y del documento de identificación.

El Real Decreto establece además que los documentos de traslado de residuos deben contener información de las operaciones de tratamiento posteriores cuando el destino sea una operación intermedia, incluido el almacenamiento. También se limitan los almacenamientos sucesivos para evitar que se pierda la trazabilidad del proceso, entre otras medidas.

Por último, otra de las novedades es la inclusión de procedimientos electrónicos en el traslado de residuos, que se realizará a través del Sistema de Información de Residuos (eSIR) del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

 
 
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